Convenio de Coordinación para la implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente tipo básico, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Nuevo León

Fecha de disposición18 Enero 2016
Fecha de publicación18 Enero 2016
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO de Coordinación para la implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente tipo básico, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Nuevo León. CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE TIPO BÁSICO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE, REPRESENTADO POR EL C. RAMIRO ÁLVAREZ RETANA, Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO" REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO C. JAIME HELIODORO RODRÍGUEZ CALDERÓN, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. MANUEL FLORENTINO GONZÁLEZ FLORES; EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, C. CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA; LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, C. ESTHELA MARÍA GUTIÉRREZ GARZA, LA SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA, C. MARÍA DE LOS ÁNGELES ERRISÚRIZ ALARCÓN Y POR EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO MAGISTERIAL, C. ANTONIO SÁNCHEZ BANDA, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que el Estado Mexicano ha logrado avances de gran importancia en la atención de los compromisos que le asigna la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En este sentido, el Gobierno de la República ha tomado la iniciativa de fortalecer las políticas educativas que impulsen el desarrollo social, cultural y económico de nuestro país, así como la formulación de aquellas que permitirán, en el mediano plazo, lograr una mayor eficacia en las actividades encomendadas al Sistema Educativo Nacional.

  2. Que el presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el desarrollo del Programa para el Desarrollo Profesional Docente Tipo Básico, en adelante "EL PROGRAMA", para lo cual la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, por conducto de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, acuerda con las Autoridades Educativas Locales, entre otros aspectos, los términos para el desarrollo de "EL PROGRAMA", y la transferencia de recursos y los derechos y obligaciones a cargo de cada una de ellas.

  3. "EL PROGRAMA" tiene como objetivo general contribuir a asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación, a través de la formación integral de todos los grupos de la población mediante esquemas de formación, actualización académica, capacitación y/o investigación a personal docente, personal técnico docente, con funciones de dirección, de supervisión, de asesoría técnica pedagógica y cuerpos académicos.

  4. De conformidad con lo establecido por el artículo 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos de "EL PROGRAMA", éste se encuentra sujeto a las Reglas de Operación del "Programa para el Desarrollo Profesional Docente", en lo sucesivo las "Reglas de Operación", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2014.

    DECLARACIONES

  5. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, que tiene a su cargo la función educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, con autonomía técnica, operativa y de gestión, creada mediante el "Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de noviembre de 2013, que tiene por objeto ejercer las atribuciones que corresponden a la Secretaría de Educación Pública en materia del Servicio Profesional Docente.

    I.3.- Que el Lic. Ramiro Álvarez Retana, Coordinador Nacional del Servicio Profesional Docente, suscribe el presente instrumento de conformidad con el dispuesto por el artículo 6 fracciones I, V y VII, de su Decreto de Creación referido en la declaración que antecede y el Apartado V "Atribuciones del Coordinador Nacional" numerales 1, 5 y 17 del Manual de Organización General de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de junio de 2014.

    I.4.- Que dentro de su estructura orgánica cuenta con la Dirección General de Formación y Desarrollo Profesional adscrita a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, a la que le corresponde entre otras atribuciones: proponer mecanismos, estrategias y acciones nacionales para la formación continua, la actualización y el desarrollo profesional en la Educación Básica.

    I.5.- Que cuenta con los recursos necesarios para la celebración de este convenio de coordinación en el presupuesto autorizado a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente en el ejercicio fiscal 2015, con cargo a la clave presupuestaria siguiente: 11 L00 2015 2 5 01 00 016 S247 4 3 8 01 1 1 19.

    I.6.- Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio calle de Donceles número 100 Piso 1o. oficina 2010, Colonia Centro Histórico, Código Postal 06020, Delegación...

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