Convenio de Coordinación que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Nuevo León, relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) 2018.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR INTERINO, EL C. MANUEL FLORENTINO GONZÁLEZ FLORES, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. GENARO ALANÍS DE LA FUENTE, EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, EL C. CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, LA C. NICOLE MARIE SAVIÑÓN LUTTRELL, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "Ley General", 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.2 De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "Ley General"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, y ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015.

    I.3 Se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "Ley General", 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.4 Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 En términos de los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 29 y 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular.

    II.2 Asumió el cargo de Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, a partir del 1 de enero de 2018; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la "Ley General"; 81, 85, fracción I, 87, segundo párrafo y 89 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León; 2, 4 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y demás disposiciones aplicables.

    II.3 El Secretario General de Gobierno y el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, comparecen a la suscripción del "CONVENIO" para los efectos del refrendo ministerial, y la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Coordinación del Sistema Integral de Seguridad Pública del Estado, comparece por razón de competencia, de conformidad con las atribuciones que les confieren los artículos 87, párrafo primero, 88 y 134 de la Constitución Política del Estado Libre y

    Soberano de Nuevo León; 1, 4, 8, 18, fracciones II y III, 20 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; 33 y 34, fracción X de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Nuevo León; 5, fracción I, inciso e), 11, fracción I y 26, fracciones III, XI, XX, XXII y XXIX del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y 4, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado.

    II.4 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente Convenio.

    II.5 Para todos los efectos legales relacionados con el presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Calle Washington número 2000, Torre Administrativa, Piso 24, Colonia Obrera, Código Postal 64010, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR