Convenio de Coordinación que en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Puebla, relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) 2019.

Fecha de disposición08 Mayo 2019
Fecha de publicación08 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. FRANCO GERARDO MARCELLO FABBRI VÁZQUEZ, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, EL C. GUILLERMO PACHECO PULIDO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. FERNANDO LUIS MANZANILLA PRIETO; EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, EL C. CHARBEL JORGE ESTEFAN CHIDIAC; LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA, LA C. KAREN BERLANGA VALDÉS Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. DANIEL VÁZQUEZ SENTÍES; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "Ley General", y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

    I.2 De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "Ley General"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 1 de diciembre de 2018.

    I.3 Se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "Ley General", 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.4 Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 El Estado de Puebla, en términos de los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1 y 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular.

    II.2 El C. Guillermo Pacheco Pulido, Gobernador del Estado de Puebla, cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la "Ley General"; 70 y 79, fracciones II y XVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 9 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 8 fracción I, 13, fracción I, 16, fracción VII de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla y demás disposiciones aplicables.

    II.3 Se encuentra asistido por el Secretario General de Gobierno; el Secretario de Finanzas y Administración; la Encargada de Despacho de la Secretaría de la Contraloría, y el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, todos ellos facultados para suscribir el presente Convenio conforme a los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 3, 10, 11, párrafo segundo, 14, párrafo primero, 17, fracciones I, II y IV, 19, 34, fracciones I, III y XLVII, 35, fracciones V, VI y VII, 37,

    fracciones VIII y XV, 50 y 51 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 8, fracciones I y III y 13, fracciones I, III y V de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla; 8, fracciones III y LXXXVII y 35 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla; 3, 4, fracción I y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración; 1, 4, fracción I, 11 y 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Contraloría, y 1, 3, 6, 9 y 12, fracciones XII, XVI y XVIII del Decreto del Ejecutivo del Estado por el que crea el "Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública".

    II.4 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente Convenio.

    II.5 Para todos los efectos legales relacionados con el presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida 31 poniente número 1717, Colonia Los Volcanes, Código Postal 72410, en la Ciudad de Puebla, Puebla.

  3. DECLARAN "LAS PARTES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

    III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.

    III.2 Celebran el presente Convenio de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA. OBJETO.

    El presente Convenio tiene por objeto coordinar acciones entre "LAS PARTES" para que a través de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal "FASP" previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 y los que aporte "LA ENTIDAD...

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