Convenio de Coordinación que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Guanajuato, relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (Ciudad de México) (FASP) 2021.

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EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, C. LEONEL EFRAÍN COTA MONTAÑO, Y POR LA OTRA, EL ESTADO DE GUANAJUATO EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, C. DIEGO SINHUE RODRÍGUEZ VALLEJO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, C. ALVAR CABEZA DE VACA APPENDINI; EL SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN, C. HÉCTOR SALGADO BANDA; Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, C. ROSA SOPHIA HUETT LÓPEZ; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 3, inciso C, fracción VII, 45 y 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "Ley General"; y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

    I.2 De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "Ley General"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 16 de julio de 2019.

    I.3 Se encuentra facultado para suscribir el presente convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "Ley General", 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.4 Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en Avenida de las Torres número 855, Colonia Belén de las Flores, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México, Código Postal 01110.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 Es una entidad libre y soberana, en todo lo concerniente a su régimen interior, con una forma de gobierno republicano, democrático, laico y popular, que forma parte integrante de la Federación denominada Estados Unidos Mexicanos, y tiene la calidad de persona moral oficial, facultada para ejercer todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución, de conformidad con los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43,115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 28, 29 y 32 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato y 24 fracción I del Código Civil para el Estado de Guanajuato.

    II.2 El C. Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, con la declaratoria de Gobernador Electo que en su favor fue expedida por la LXIII Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el Decreto Legislativo número 333, de fecha 18 de septiembre de 2018, publicado en el ejemplar número 190, Décima Tercera Parte, del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato de fecha 21 de septiembre de 2018; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente convenio, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la "Ley General"; 36, 38 y 77 fracciones XVIII, XXII inciso a), XXVI, 80 párrafo primero y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, 3, 8 y 12 de la Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, y demás disposiciones aplicables.

    Se encuentra asistido por el C. Alvar Cabeza de Vaca Appendini, Secretario de Seguridad Pública, por el C. Héctor Salgado Banda, Secretario de Finanzas, Inversión y Administración y la C. Rosa Sophia Huett López, Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública quienes cuentan con facultades para ello, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la "Ley General"; y 80 párrafo primero y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, 3, 8, 12, 13 fracciones II y IX, 18, 19, 24 y 31 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del para el Estado de Guanajuato; 2, 3 fracción I 5 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública; 2, 5 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; 2, 5 y 7 fracción I del Reglamento Interior del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública; y demás disposiciones...

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