Convenio de Coordinación que, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, relativo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (Ciudad de México) (FASP) 2021.

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EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. LEONEL EFRAÍN COTA MONTAÑO, Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, EL C. JOSÉ LUIS LIMA FRANCO; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, El C. HUGO GUTIÉRREZ MALDONADO; Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA Y DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA , EL C. MARTÍN AURELIO ABEL RAMOS RUVALCABA, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 3, inciso C, fracción VII, 45 y 65 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "Ley General"; y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

    I.2 De conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "Ley General"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 16 de julio de 2019.

    I.3 Se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "Ley General", 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.4 Para todos los efectos legales, señala como domicilio el ubicado en Avenida de las Torres número 855, Colonia Belén de las Flores, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de México, Código Postal 01110.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 Es una entidad libre y soberana, en todo lo concerniente a su régimen interior, que forma parte integrante de la Federación denominada Estados Unidos Mexicanos, y tiene la calidad de persona moral oficial, facultada para ejercer todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1 y 17 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y demás normativa aplicable.

    II.2 El C. CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a partir del uno de diciembre de dos mil dieciocho; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la "Ley General"; 42, 49 fracciones XVII y XXIII de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 8 fracción XIV de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y demás disposiciones aplicables.

    II.3 La Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, forma parte

    de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 9 fracción III, 19 y 20 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

    El C. José Luis Lima Franco, en su carácter de Secretario de Finanzas y Planeación, tal como lo acredita con el nombramiento de uno de diciembre de dos mil dieciocho, mediante el cual fue designado con ese carácter por el Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 50 párrafo cuarto de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, cuenta con las facultades suficientes para la suscripción de este instrumento, en términos de lo dispuesto por los artículos 12, fracción VII, 19 y 20 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, así como 14 fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y Primero del Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación a celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia y conforme a la normatividad aplicable, publicado en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, bajo el número extraordinario 488 el seis de diciembre de dos mil dieciocho.

    Que la Secretaría de Finanzas y Planeación cuenta con Registro Federal de Contribuyentes, siendo este SFP000520C28.

    II.4 La Secretaría de Seguridad Pública es una dependencia de la Administración Pública Centralizada del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 9 fracción II, 18 Bis y 18 Ter de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de la Llave.

    Está representada en este acto por su titular, el C. Hugo Gutiérrez Maldonado, Secretario de Seguridad Pública, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado, el C. Cuitláhuac García Jiménez, el seis de diciembre de dos mil dieciocho.

    Cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en lo dispuesto por...

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