Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Bienestar y el Estado de Oaxaca, en el marco del Programa Sembrando Vida para el ejercicio fiscal 2020.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL EL C. JAVIER MAY RODRÍGUEZ; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR LA SECRETARÍA DE BIENESTAR DEL ESTADO DE OAXACA, MTRA. EDITH YOLANDA MARTÍNEZ LÓPEZ; EL SECRETARIO DE FINANZAS, MTRO. VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN; EL SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, PESCA Y ACUACULTURA, LIC. GABRIEL CUÉ NAVARRO; EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL FORESTAL, LIC. ALFREDO AARÓN JUÁREZ CRUZ Y EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL, MTRO. JOSÉ ÁNGEL DÍAZ NAVARRO; A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, SERÁN DENOMINADAS COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir Convenios de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en lo sucesivo la SHCP, y la Secretaría de la Función Pública, en lo sucesivo la SFP, así como para obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto "B", en lo sucesivo la DGPyP "B", de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-01032, de fecha 08 de abril de 2020, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SECRETARÍA" reasigne recursos a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" con cargo a su presupuesto autorizado.

DECLARACIONES

I. De "LA SECRETARÍA":

I.1 Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, conforme a lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2 Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde, entre otras atribuciones, formular, conducir, evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; coordinar la acciones que incidan en el bienestar de la población y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobierno estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado.

I.3 Que su representante el C. Javier May Rodríguez, Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, lo cual lo acredita con el nombramiento del cargo, emitido el 01 de diciembre de 2018, signado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador, mismo que se encuentra vigente, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, de conformidad con lo estipulado en los artículos 6 fracciones VI y XIX; 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Secretaría de Bienestar; y Octavo y Décimo Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; el Articulo Único del Acuerdo por el que se Delegan en la persona Titular de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de marzo de 2020.

I.4 Para los efectos del presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de

Recursos, señala como domicilio el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Código Postal 06600.

II. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

II.1. De conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el Estado de Oaxaca, es un Estado Libre y Soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, es parte integrante de la federación.

II.2. La Maestra Edith Yolanda Martínez López, Secretaria de Bienestar del Estado de Oaxaca, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 27 fracción IX y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, 9 fracción XV del Reglamento Interno de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano, hoy Secretaría de Bienestar del Estado de Oaxaca.

II.3. El Maestro Vicente Mendoza Téllez Girón, Secretario de Finanzas, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad por lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 3 fracción I, 15 primer párrafo, 27 fracción XII y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

II.4. El Licenciado Gabriel Cué Navarro, Secretario de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad por lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 3 fracción I, 15 primer párrafo, 27 fracción XI y 44 fracciones VI, XXIV y XXV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, 7 y 8 fracciones II, IV, V, IX y XIV del Reglamento Interno de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura.

II.5. El Licenciado Alfredo Aarón Juárez Cruz, Director General de la Comisión Estatal Forestal, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 fracción I, de la Ley de Entidades Paraestatales, 9 fracción VII de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Oaxaca y 8 fracción IX del Reglamento Interno de la Comisión Estatal Forestal.

II.6. El Maestro José Ángel Díaz Navarro, Secretario de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad por lo dispuesto en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 3 fracción I, 15 primer párrafo, 27 fracción XIV y 47 fracciones II, V y VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

II.7. Para los efectos del presente Convenio señala como su domicilio fiscal el ubicado en Carretera Internacional Oaxaca - Istmo km. 11.5 S/N 7, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, C.P. 68270

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3 y 4 de la Ley General de Desarrollo Social; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; 1, 2, 82, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2, 3, 8, 9 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, así como en el Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos y los Anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de producción de plantas maderables, frutales, de Cultivo y agaves, con el objeto...

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