Convenio de Coordinación que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales, que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Jalisco, en materia del suministro, instalación, prueba y capacitación para el servicio del sistema de recaudo (peaje) para el Proyecto de la Línea 3 (Tres) del Tren Ligero de Guadalajara.

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EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SCT.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ LA "SCT", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL ING. JAVIER JIMÉNEZ ESPRIÚ, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE, ING. CARLOS ALFONSO MORÁN MOGUEL Y EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO FERROVIARIO Y MULTIMODAL, MTRO. MANUEL EDUARDO GÓMEZ PARRA, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL ING. ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL MTRO. JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA, EL SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA, EL C.P.C. JUAN PARTIDA MORALES, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE, LIC. DIEGO MONRAZ VILLASEÑOR, EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DEL TREN ELÉCTRICO URBANO, ING. ROLANDO VALLE FAVELA, EL JEFE DE GABINETE, MTRO. HUGO MANUEL LUNA VÁZQUEZ, LA COORDINADORA GENERAL ESTRATÉGICA DE GESTIÓN DEL TERRITORIO, LIC. MARTHA PATRICIA MARTÍNEZ BARBA Y LA CONTRALORA DEL ESTADO, LIC. MARÍA TERESA BRITO SERRANO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-01775, de fecha 1 de agosto de 2019, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONES

  3. De la SCT:

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde Formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte, así como de las comunicaciones, de acuerdo a las necesidades del país; Construir las vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles, y la vigilancia técnica de su funcionamiento y operación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    3. Que su titular, el Ing. Javier Jiménez Espriú, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Avenida Insurgentes Sur número 1089, Colonia Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03720, Ciudad de México.

  4. De la ENTIDAD FEDERATIVA:

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o. y 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador Constitucional de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 36 y 50 fracciones X, XVIII, XIX y XXVII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; y 2 incisos 1 y 2, 4 numeral 1 fracciones I, II y XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 3, 5 numeral 1 fracciones II y XVI, 7 numeral 1 fracciones I, II, III y

      VIII, 8, 10 numeral 1 fracción XII, 11 numeral 2 fracción IV, 13 numeral 1 fracción XVII, 14, 15 numeral 1 fracciones I, VI y XVIII, 16 numeral 1 fracciones I, II y XIX, 17 numeral 1 fracción I, 18 numeral 1 fracciones XXVII y XLI, 35 numeral 1 fracciones IV, X y XXI, 48, 50 numeral 1, fracción XXVII, 66 numeral 1 fracción I y 69 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 3° fracciones I y V del Decreto número 13555 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco por el que se crea el Organismo Público Descentralizado Sistema de Tren Eléctrico Urbano (SITEUR); 23 y 25 fracciones I y XVII del Reglamento Interno de las Unidades Administrativas de Apoyo al Gobernador del Estado de Jalisco, este convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de la Hacienda Pública, de Transporte, el Director General del Sistema del Tren Eléctrico Urbano, el Jefe de Gabinete, la Coordinadora General Estratégica de Gestión de Territorio y la Contralora del Estado.

    4. Que su prioridad para alcanzar el objetivo pretendido a través del presente instrumento es el coordinar la participación de los Gobiernos, federal y local, en materia del "Suministro, instalación, prueba y capacitación para el servicio del Sistema de recaudo (Peaje) para el Proyecto de la Línea 3 (Tres) del Tren Ligero de Guadalajara".

    5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en la Avenida Ramón Corona número 31, colonia Centro, Guadalajara, Jalisco, Código Postal 44100.

      En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; 1º, 36, 46 y 50 fracciones X, XVIII, XIX y XXVII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 incisos 1 y 2, 3, 4 numeral 1 fracciones I, II y XI, 5 numeral 1 fracciones II y XVI, 7 numeral 1 fracciones I, II, III y VIII, 8, 10 numeral 1 fracción XII, 11 numeral 2 fracción IV, 13 numeral 1 fracción XVII, 14, 15 numeral 1 fracciones I, VI y XVIII, 16 numeral 1 fracciones I, II y XIX, 17 numeral 1 fracción I, 18 numeral 1 fracciones XXVII y XLI, 35 numeral 1 fracciones IV, X y XXI, 48, 50 numeral 1, fracción XXVII, 66 numeral 1 fracción I y 69 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 3° fracciones I y V del Decreto número 13555 emitido por el Congreso del Estado de Jalisco por el que se crea el Organismo Público Descentralizado Sistema de Tren Eléctrico Urbano (SITEUR); 23 y 25 fracciones I y XVII del Reglamento Interno de las Unidades Administrativas de Apoyo al Gobernador del Estado de Jalisco; así como en el Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades Federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007 y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

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