Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio para la implementación de la reforma penal, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca

Fecha de disposición01 Septiembre 2011
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretaría Técnica.- Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal. CONVENIO DE COORDINACION PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA LA IMPLEMENTACION DE LA REFORMA PENAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE GOBERNACION, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EL LIC. JOSE FRANCISCO BLAKE MORA, CON LA PARTICIPACION DEL LIC. JOSE OSCAR VEGA MARIN, OFICIAL MAYOR, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LA "SECRETARIA" Y EL LIC. FELIPE BORREGO ESTRADA SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO DE COORDINACION PARA LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA "SETEC", Y POR OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO, POR EL LIC. GABINO CUE MONTEAGUDO, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, C. ANTONIA IRMA PIÑEYRO ARIAS, EL SECRETARIO DE FINANZAS, LIC. GERARDO CAJIGA ESTRADA, LA SECRETARIA DE LA CONTRALORIA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL, LIC. PERLA MARISELA WOOLRICH FERNANDEZ, EL CONSEJERO JURIDICO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, LIC. VICTOR HUGO ALEJO TORRES, EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE OAXACA Y SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO DE COORDINACION PARA LA IMPLEMENTACION, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO, LIC. MANUEL DE JESUS LOPEZ LOPEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LA "ENTIDAD FEDERATIVA", EN CONJUNTO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

El 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22; las fracciones, XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115, y la fracción XIII, del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de seguridad pública y justicia penal, mediante el cual se establecen las bases del nuevo Sistema de Justicia Penal en la República Mexicana.

El artículo Noveno Transitorio del citado Decreto establece que se creará una instancia de coordinación integrada por representantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, además del sector académico y la sociedad civil, así como de las Conferencias Nacionales de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia, la cual contará con una Secretaría Técnica, que coadyuvará y apoyará a las autoridades federales y a las locales, cuando estas últimas así lo soliciten.

El 13 de octubre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación, con la finalidad de implementar, en los tres órdenes de gobierno, el Sistema de Justicia Penal en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con pleno respeto a las atribuciones de los poderes federales, el Distrito Federal, la soberanía de las entidades federativas y la autonomía municipal, así como de las instituciones y autoridades que intervengan en la instancia de coordinación.

El artículo 11 del Decreto anterior, establece que la Secretaría Técnica "SETEC" es un Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con el carácter de instancia de seguridad nacional, con autonomía administrativa, creada para operar y ejecutar los acuerdos y determinaciones del Consejo de Coordinación; así como coadyuvar y brindar apoyo a las autoridades locales y federales en la implementación del Sistema de Justicia Penal, cuando lo soliciten.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje rector 1 "Estado de Derecho y Seguridad", apartado 1.2. "Procuración e impartición de justicia", particularmente en su objetivo 4 "Modernizar el sistema de justicia penal encaminado a lograr un marco normativo que garantice justicia pronta y eficaz", prevé entre otras estrategias: promover la implementación gradual de juicios orales; hacer más eficientes los sistemas y procedimientos utilizados por los ministerios públicos, así como fortalecer la investigación ministerial y policial para elevar el nivel de eficacia en la integración de la averiguación previa; garantizar mejores condiciones para la presentación de denuncias a las víctimas de los delitos; impulsar reformas procesales para hacer más expedita la aplicación de la justicia; fomentar la reducción de litigios mediante la implementación de medios alternativos de resolución de conflictos, entre otros.

Que el Gobierno Federal ha considerado como una actividad prioritaria y de interés general la Reforma de Justicia Penal, razón por la cual en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, se asignó a la Secretaría de Gobernación, bajo el rubro del Programa Presupuestario P011 "Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal" un monto de $443'424,000.00 (cuatrocientos cuarenta y tres millones cuatrocientos veinticuatro mil pesos 00/100 M.N.).

Que el artículo noveno transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011, establece la obligación por parte de la Secretaría de Gobernación de emitir las Directrices para la aplicación de los recursos destinados a la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal durante el mes de enero, a través de las cuales se establecerán los requisitos y procedimientos para que las Entidades Federativas puedan acceder a los recursos asignados.

Que el 31 de enero de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen las Directrices para la aplicación de los recursos destinados a la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de los Estados y el Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 2011 (en lo sucesivo "DIRECTRICES"), a través de las cuales se establecieron las políticas, normas, requisitos, ejes, procedimientos y criterios para que las Entidades Federativas puedan acceder a los recursos del Subsidio, de conformidad con el avance de implementación de la reforma del Sistema de Justicia Penal en cada Entidad Federativa.

Que el objetivo general de las "DIRECTRICES" es proporcionar dirección y orientación práctica a las Entidades Federativas respecto de cómo lograr la aprobación, ejecución, seguimiento, comprobación y evaluación de los proyectos a través del Subsidio, con el objetivo de alcanzar las metas de la reforma al Sistema de Justicia Penal.

Que los objetivos específicos de las "DIRECTRICES" son:

  1. Coadyuvar con las autoridades locales en la planeación de los proyectos a subsidiar para la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal;

  2. Apoyar mediante el Subsidio, el diseño de las reformas legales en las Entidades Federativas relacionadas con el Sistema de Justicia Penal;

  3. Promover a través del Subsidio a proyectos la reorganización institucional de los operadores del Sistema de Justicia Penal en las Entidades Federativas;

  4. Apoyar mediante el Subsidio el desarrollo de la infraestructura y el equipamiento que las Entidades Federativas requieran para la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal;

  5. Coadyuvar a través del Subsidio con los procesos de capacitación para los operadores e interesados en el nuevo Sistema de Justicia Penal en las Entidades Federativas;

  6. Promover a través del Subsidio los proyectos de difusión que al respecto soliciten las Entidades Federativas para la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal, y

  7. Establecer los criterios mediante los cuales, el Comité de Subsidios se guiará para la aprobación, modificación, reprogramación, ampliación, y en su caso, la cancelación de los proyectos para recibir Subsidio presentados por las Entidades Federativas.

    Que la "ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta que actualmente no está recibiendo apoyo de otros programas federales para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos o subsidios.

    Que los proyectos presentados por la "ENTIDAD FEDERATIVA" al Comité de Subsidios, además de señalar la o las metas por alcanzar, incluyen indicadores que permiten determinar el grado de avance de los mismos.

    Que el día 14 de abril de 2011, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el Acuerdo al que concurren los Tres Poderes del Estado de Oaxaca, mediante el cual se crea e instala un Consejo de Coordinación para la Implementación, Seguimiento y Evaluación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en el Estado de Oaxaca, encargado analizar y acordar las políticas de coordinación estatales necesarias para implementar, seguir y evaluar el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en la "ENTIDAD FEDERATIVA", cuya Secretaría Técnica recae en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca.

    Que el día 13 de abril de 2011, la "ENTIDAD FEDERATIVA" mediante Oficio No. SPP/2496/2011, presentó sus proyectos para análisis y dictamen del Comité de Subsidios.

    DECLARACIONES

    1. Declara "LA SECRETARIA":

    1.1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal, en los términos de los artículos 90, de

    la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1o., 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

    1.2. Que el Lic. José Francisco Blake Mora, es Secretario de Gobernación, y se encuentra plenamente facultado para la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 4o. y 5o. fracción XXX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    1.3. Que el Lic. José Oscar Vega Marín, Oficial Mayor del Ramo cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, fracciones VI y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    1.4. Que la "SETEC" fue creada a través del artículo 11 del...

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