Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el Estado de México, el Municipio de Cuautitlán, Estado de México y la empresa Ferrocarril y Terminal del Valle de México, S.A. de C.V.   

Fecha de disposición29 Enero 2008
Fecha de publicación29 Enero 2008
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el Estado de México, el Municipio de Cuautitlán, Estado de México y la empresa Ferrocarril y Terminal del Valle de México, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA SCT, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. LUIS TELLEZ KUENZLER, Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADA POR EL LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DR. VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO; EL SECRETARIO DE FINANZAS, DR. LUIS VIDEGARAY CASO; EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES, LIC. GERARDO RUIZ ESPARZA Y EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA, LIC. MARCO ANTONIO ABAID KADO; EL MUNICIPIO DE CUAUTITLAN, ESTADO DE MEXICO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL MUNICIPIO, REPRESENTADO POR EL DR. MANUEL ANGEL BECERRIL LOPEZ, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. MUNICIPIO DE CUAUTITLAN, ESTADO DE MEXICO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, ING. RAUL ERNESTO ORTIZ ROJAS Y EL PRIMER SINDICO, PROF. J. MARINO SALGADO RODRIGUEZ; Y, LA EMPRESA FERROCARRIL Y TERMINAL DEL VALLE DE MEXICO, S.A. DE C.V., A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL CONCESIONARIO, REPRESENTADA POR EL ING. GONZALO ALEJO OCHOA ABARCA, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) B de la SHCP, mediante oficio número 5.SC.LI.07.-020 de fecha 6 de febrero de 2007, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que ”LA SCT reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

DECLARACIONES

I. De la SCT:

1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

3. Que su titular, el Dr. Luis Téllez Kuenzler, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en avenida Xola y avenida Universidad sin número, Cuerpo C, primer piso, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03028, México, D.F.

II. De la ENTIDAD FEDERATIVA:

1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 y 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 65 y 77 fracciones XXVIII, XXXVIII, XLII y 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 3, 5, y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y demás disposiciones locales aplicables.

3. Que de conformidad con los artículos 19, 20, 21, 23, 24, 32 y 38 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de Comunicaciones, y de la Contraloría.

4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de carreteras y vialidades para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de México.

5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Lerdo Poniente número 300, primer piso, puerta 216, Palacio del Poder Ejecutivo, colonia Centro, código postal 5000, Toluca, Estado de México.

III.- Del MUNICIPIO:

1. Es persona jurídica colectiva, de conformidad con los artículos 2.10 fracción I del Código Civil del Estado de México, autónomo en su régimen interno para la Administración de su Hacienda Pública, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115 fracciones I, II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 112, 113, 122, 126, 128, 138 y 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 5, 6, 15, 31 fracción VII y 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, con Registro Federal de Contribuyentes MCU800101S75 y con libre administración de su Hacienda Pública Municipal, con las facultades y atribuciones que la ley les confiere.

2. Que los funcionarios del H. Ayuntamiento están facultados para suscribir el presente Convenio por acuerdo de cabildo de fecha 21 de agosto del año 2006 y 6 de junio del año 2007, documentales que se acompañan al presente en copia certificada.

3. Que para los efectos legales del presente Convenio, el H. Ayuntamiento declara que su domicilio es el que se encuentra ubicado en calle Alfonso Reyes sin número esquina Venustiano Carranza, colonia Santa María, en Cuautitlán, Estado de México.

4. Que cuenta con los recursos financieros para su erogación y cumplimiento en el Programa Convivencia Urbano Ferroviaria para Cuautitlán, Estado de México, atento a lo publicado en la Gaceta de Gobierno de fecha 10 de agosto del año 2007, por medio de la cual la H. LVI Legislatura del Estado de México, aprueba la contratación del financiamiento hasta por la cantidad de $60,500,000.00 (sesenta millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) cantidad que conforme a la Segunda Sesión Extraordinaria de Cabildo con número consecutivo trigésima octava, fuera debidamente autorizada por el mismo para su contratación, quedando de manifiesto en el Acta de Cabildo que el H. Ayuntamiento cuenta con la capacidad legal y económica suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del presente Convenio.

IV.- Del CONCESIONARIO:

1. Que es una Sociedad Mexicana constituida de acuerdo a la legislación mercantil, lo que acredita mediante la Escritura número 50414, de fecha 26 de noviembre de 1996, otorgada ante el Lic. Miguel Alessio Robles, Notario Público número 19 del Distrito Federal, inscrita en el Registro Público de Comercio en el Distrito Federal, en folio mercantil número 217849.

2. Que mediante escritura pública número 26649, de fecha 28 de noviembre de 2000, otorgada ante la fe del Lic. José María Morera González, titular de la Notaría Pública número 102, de la Ciudad de México, Distrito Federal, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, en México, D.F., bajo el folio mercantil número 217849, se hizo constar, previo permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la formalización de los acuerdos adoptados en asamblea general extraordinaria de accionistas de Terminal Ferroviaria del Valle de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, celebrada el día 11 de mayo de 1999, en la que se tomaron entre otros, los de cambiar la denominación social de Terminal Ferroviaria del Valle de México, Sociedad Anónima de Capital Variable a la de Ferrocarril y Terminal del Valle de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, y la de reformar totalmente sus estatutos sociales, para quedar con dicha denominación.

3. Su representante cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, lo que acredita mediante la escritura pública número29,658 del 27 de noviembre de 2001, otorgado ante la fe del Lic. José María Morera González, titular de la Notaría número 102 del Distrito Federal, misma que se encuentra inscrita en la Dirección General del Registro Público de Comercio, bajo el folio mercantil número 217849 de fecha 9 de diciembre de 2002, en la Ciudad de México, D.F.

4. Que para todos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR