Convenio de Ejecución Complementario de 31 de mayo de 2017 de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana.

Fecha de disposición31 Mayo 2017
Fecha de publicación04 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Expediente No. 12/212/(72)/17, Legajo 69.- Contrato Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana. CONVENIO DE EJECUCIÓN COMPLEMENTARIO.

En la Ciudad de México, siendo las QUINCE HORAS DEL DÍA TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, comparecen ante los CC. LICENCIADO RAFAEL ADRIÁN AVANTE JUÁREZ, Subsecretario del Trabajo de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Licenciado CARLOS AUGUSTO SIQUEIROS MONCAYO, Titular de la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la misma dependencia y Licenciado PEDRO GARCÍA RAMÓN, Subcoordinador de Convenciones de la misma dependencia; por el Sector Obrero y en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA los CC. Adrián Jesús Sánchez Vargas, José Ángel Ponce García, Lorenzo Pale Mendoza, Lic. José Manuel Cervantes Bravo y Lic. Brianda Marlene Zenteno Pérez; y por el Sector Patronal y en representación de la industria azucarera afecta al Contrato Ley de la Industria Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana, los CC. Lic. Juan Cortina Gallardo, Lic. Fernando Yllanes Martínez y Lic. Maximiliano Camiro Vázquez, quienes dijeron:

Que después de haber celebrado diversas pláticas conciliatorias, con la intervención de los CC. LICENCIADO RAFAEL ADRIÁN AVANTE JUÁREZ, Subsecretario del Trabajo de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Licenciado CARLOS AUGUSTO SIQUEIROS MONCAYO, Titular de la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la misma dependencia y Licenciado PEDRO GARCÍA RAMÓN, Subcoordinador de Convenciones de la misma dependencia, comparecen a celebrar un Convenio de Ejecución, complementario al Convenio de Revisión del Contrato Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana de fecha de 16 de octubre de 2016, que pone fin a dicho proceso de revisión, al tenor de las cláusulas que se otorgan en vista de las siguientes:

DECLARACIONES

  1. - Que las partes comparecientes representan a más de las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados que prestan sus servicios en las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana y las empresas comparecientes que emplean a dicha mayoría de trabajadores, según consta en el expediente administrativo número 12/212/ (72) /17, Legajo 69, que obra en los archivos de la Unidad de Funcionarios Conciliadores de esta dependencia

  2. - Que con fecha 16 de octubre de 2016 en el seno de la convención obrero patronal revisora en su aspecto integral del citado contrato ley, los sectores obrero y empresarial celebraron y aprobaron el convenio respectivo, estableciendo en la cláusula trigésima lo siguiente:

    TRIGÉSIMA.- Empresa y Sindicato acuerdan que ante las diferentes posturas que se dieron en este proceso de revisión contractual en relación al pago del día de descanso semanal laborado en el ciclo de zafra a que se refiere el artículo 12 del Contrato Ley y la cláusula sexta del convenio que dio por revisado el Contrato Ley en su aspecto salarial de fecha quince de octubre de dos mil quince, en donde se pactó un pago extraordinario por la zafra 2014/2015 que estaba concluida y que ahora no se ha logrado concretar lo conducente por la zafra 2015/2016; el Sindicato y las Empresas, en muestra de buena voluntad y conciliación en la solución de los problemas, además de no tomar acciones drásticas, convienen en que de manera inmediata establecerán ante la Secretaría del Trabajo y Previsión...

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