Convenio de Coordinación para conjuntar esfuerzos y recursos para fomentar la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las empresas del sector de tecnologías de información en el Estado de Nuevo León, que celebran la Secretaría de Economía y dicha entidad federativa

Fecha de disposición17 Octubre 2005
Fecha de publicación17 Octubre 2005
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para conjuntar esfuerzos y recursos para fomentar la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las empresas del sector de tecnologías de información en el Estado de Nuevo León, que celebran la Secretaría de Economía y dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CONVENIO DE COORDINACION PARA CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA FOMENTAR LA CREACION, DESARROLLO, CONSOLIDACION, VIABILIDAD, PRODUCTIVIDAD, COMPETITIVIDAD Y SUSTENTABILIDAD DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION EN EL ESTADO DE NUEVO LEON, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA “SECRETARIA”, REPRESENTADA POR LA LIC. MARIA DEL ROCIO RUIZ CHAVEZ, SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, ASISTIDA POR EL LIC. SERGIO CARRERA RIVA PALACIO, DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO INTERIOR Y ECONOMIA DIGITAL, Y EL LIC. JOSE ARTURO SALINAS GARZA, DELEGADO FEDERAL DE LA SECRETARIA EN EL ESTADO DE NUEVO LEON; Y POR LA OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL C. JOSE NATIVIDAD GONZALEZ PARAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL C. NAPOLEON CANTU CERNA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, CON LA COMPARECENCIA DEL C. RUBEN EDUARDO MARTINEZ DONDE, SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO Y EL C. ELOY CANTU SEGOVIA, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO DE NUEVO LEON; QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN DENOMINADOS COMO “LAS PARTES”, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el fomento del crecimiento económico. Asimismo, impone al Estado el fomento de las actividades que demande el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los sectores: público, privado y social.

  2. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como propósito el lograr un crecimiento con calidad, mediante: la conducción responsable de la economía, el aumento y extensión de la competitividad del país, la generación de un desarrollo incluyente, el logro de un desarrollo regional equilibrado y el establecimiento de las condiciones para alcanzar un desarrollo sustentable, así como generar las condiciones necesarias para crear empleos.

  3. Que las tecnologías de información son herramientas cruciales para impulsar la competitividad de la economía mexicana, tal como lo refleja el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 en su apartado de “crecimiento con calidad”, en el que se plantea la estrategia de elevar y extender la competitividad del país, proponiendo, entre otras líneas de acción, la de promover el uso y aprovechamiento de la tecnología y la información.

  4. Que derivado del mandato del Plan Nacional de Desarrollo, la Secretaría de Economía ha diseñado en coordinación con representantes de la industria, la academia y diversas dependencias del gobierno federal, el Programa para el Desarrollo de la Industria de Software, en lo sucesivo el PROSOFT.

  5. Que el PROSOFT es una estrategia institucional del gobierno federal para impulsar a la industria de software y servicios relacionados, tanto por el lado de la oferta, como por el lado de la demanda; y posicionar a México como un jugador relevante a nivel global en esta actividad económica.

  6. Que el PROSOFT tiene como objetivo general, promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las empresas del sector de tecnologías de información.

  7. Que en el Plan Estatal de Desarrollo 2004-2009, se establece como uno de los objetivos primordiales para reactivar la economía estatal la promoción y el desarrollo de empresas bajo la concepción de un sistema productivo basado en el concepto “mentefactura”, a través del fomento al desarrollo de nuevas empresas de alta tecnología, tales como los sectores aeroespacial, de software y biotecnología entre otros.

  8. Que en los términos de los artículos 8, 10, 13, 14, 15, 38 y 39 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software (PROSOFT), en lo sucesivo Reglas de Operación, el Consejo Directivo del PROSOFT dictaminó la aprobación de las Solicitudes de Apoyo presentadas por EL ESTADO, en lo sucesivo los proyectos. Mismos que están listados en el Anexo 1, que está agregado como parte integral del presente Convenio.

DECLARACIONES:

  1. DE LA SECRETARIA:

    I.1. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Conforme a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la SECRETARIA, entre otros, el despacho de los siguientes asuntos: formular y conducir las políticas generales de industria y comercio interior; promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la industria nacional; regular la organización de productores industriales, promover y en su caso organizar la investigación técnico industrial.

    I.3. Con fundamento en los artículos 6 fracción IX y 24 del Reglamento Interior de la Secretaría, la Lic. María del Rocío Ruiz Chávez, Subsecretaria de Industria y Comercio y el Lic. Sergio Carrera Riva Palacio, Director General de Comercio Interior y Economía Digital cuentan con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio.

    I.4. El Delegado Federal de la SECRETARIA en el Estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 42 fracciones I, II y VI del Reglamento Interior de la SECRETARIA, será el encargado de coordinar las acciones necesarias en dicho Estado para la ejecución del presente Convenio.

    I.5. En el ámbito de su competencia y con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 52 y 53 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2005; 3, 4 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emitió las Reglas de Operación.

    I.6. Que el 19 de febrero del 2005 entraron en vigor las Reglas de Operación al ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día anterior.

    I.7. Que el PROSOFT, cuenta con recursos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2005, al ramo 10 de la SECRETARIA.

    I.8. Conforme a lo dispuesto en las asignaciones presupuestales números 0396, 0397, 0496, 0618 y 0638, expedidas por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la SECRETARIA cuenta con los recursos presupuestales necesarios.

    I.9. Para los efectos legales del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Alfonso Reyes número 30, en la colonia Hipódromo Condesa de la Ciudad de México, Distrito Federal, código postal 06140.

  2. DE “EL ESTADO”:

    II.1. Que es una Entidad Libre y Soberana que forma parte de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 y 43, de la Constitución Política de los Estados...

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