Convenio Específico de Apoyo y Colaboración en materia del Registro Federal de Electores que celebran el Instituto Federal Electoral y el Instituto Electoral de Tamaulipas, para el desarrollo del proceso electoral local en el que se habrá de elegir a los diputados al Congreso Local e integrantes de los ayuntamientos de dicho Estado

Fecha de disposición10 Diciembre 2013
Fecha de publicación10 Diciembre 2013
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral. CONVENIO ESPECÍFICO DE APOYO Y COLABORACIÓN EN MATERIA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EN LO SUCESIVO "EL I.F.E.", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DOCTOR LEONARDO ANTONIO VALDÉS ZURITA Y EL LICENCIADO EDMUNDO JACOBO MOLINA, CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y SECRETARIO EJECUTIVO, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR EL DOCTOR VÍCTOR MANUEL GUERRA ORTÍZ, DIRECTOR EJECUTIVO DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DE "EL I.F.E."; Y EL LICENCIADO ARTURO DE LEÓN LOREDO, VOCAL EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA DE "EL I.F.E." EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS, EN ADELANTE "EL I.E.TAM.", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO JORGE LUIS NAVARRO CANTÚ M.G.C. Y EL LICENCIADO JUAN ESPARZA ORTÍZ, CONSEJERO PRESIDENTE Y SECRETARIO EJECUTIVO, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR EL LICENCIADO JOSE FRANCISCO SALAZAR ARTEAGA M.D.P., DIRECTOR EJECUTIVO DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL DE "EL I.E.TAM.", EN RELACIÓN CON EL USO DE LOS INSTRUMENTOS Y PRODUCTOS ELECTORALES QUE APORTARÁ LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DE "EL I.F.E.", EN ADELANTE "LA D.E.R.F.E." A "EL I.E.TAM." A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL, EN ADELANTE "LA D.E.O.E.", PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL EN EL QUE SE HABRÁ DE ELEGIR A LOS DIPUTADOS AL CONGRESO LOCAL E INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, EL PRÓXIMO 7 DE JULIO DE 2013, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES.

DECLARACIONES

  1. DE "EL I.F.E.".

    I.1. Que de conformidad con los artículos 41, base V, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 104; 105, párrafo 2 y 106, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales para renovar a los integrantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

    I.2. Que en términos del artículo 105, párrafo 1, incisos a), c), d), f) y g) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, tiene entre sus fines contribuir al desarrollo de la vida democrática; integrar el Registro Federal de Electores; asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática.

    I.3. Que para lograr lo anterior, "EL I.F.E." a través de "LA D.E.R.F.E.", realiza campañas de actualización al Padrón Electoral, con el objeto de convocar y orientar a la ciudadanía a cumplir con su deber cívico de incorporarse al Padrón Electoral o actualizar sus datos en este instrumento electoral, según lo establecen los artículos 182, párrafos 1 y 4 y 183, párrafo 1 del Código electoral federal.

    I.4. Que además de la facultad señalada en el punto que antecede, "LA D.E.R.F.E." tiene como atribuciones la de expedir la Credencial para Votar, mantener actualizada la cartografía electoral del país, clasificada por entidad, distrito electoral federal, municipio y sección electoral, así como elaborar las listas nominales de electores con los nombres de las personas incluidas en el Padrón Electoral, a quienes se ha expedido y entregado su Credencial para Votar, agrupadas por distrito y sección electoral, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 128, párrafo 1, inciso e) y j) y 197, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, respectivamente.

    I.5. Que en sesión ordinaria celebrada el 17 de octubre de 2012, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el acuerdo CG/664/2012, por virtud del cual se establecieron los criterios generales que deberán observarse para la presentación de las propuestas de los convenios de apoyo y colaboración y sus anexos técnicos, que celebre el Instituto Federal Electoral con los organismos electorales de las entidades federativas, en materia de organización de elecciones no coincidentes.

    I.6. Que de conformidad con el artículo 119, párrafo 1, incisos b) y n) del código comicial federal, el Consejero Presidente del Consejo General, Doctor Leonardo Antonio Valdés Zurita, está facultado para suscribir el presente Convenio.

    I.7. Que su Secretario Ejecutivo, Licenciado Edmundo Jacobo Molina, tiene la facultad de representarlo legalmente, así como la de participar en los convenios que se celebren con las autoridades competentes respecto a la información y documentos que habrá de aportar "LA D.E.R.F.E." para los procesos electorales locales, en términos de lo dispuesto por el artículo 125, párrafo 1, incisos a) y f) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    I.8. Que señalan como su domicilio para los efectos del presente instrumento, el ubicado en Viaducto Tlalpan número 100, esquina Periférico Sur, colonia El Arenal Tepepan, Código Postal 14610, Delegación Tlalpan, Distrito Federal.

  2. DE "EL I.E.TAM.":

    II.1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20, fracción II, párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, así como lo dispuesto por los artículo 118 y 121, del Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, depositario de la autoridad electoral, responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones locales en la entidad.

    II.2. Que en términos de lo dispuesto por el artículo 119 del Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, son fines del Instituto Electoral de Tamaulipas: contribuir al desarrollo de la vida democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; asegurara los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los ayuntamientos, del Congreso y del Ejecutivo del Estado; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio; y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura política democrática.

    II.3. Que con fundamento en el artículo 20, fracción II, párrafo cuatro de la Constitución Política Local y el artículo 123 del Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, imparcialidad independencia, legalidad y objetividad, rijan todas sus actividades, las de los partidos políticos y demás destinatarios de la legislación electoral.

    II.4. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 133, fracción XIII del Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, es atribución del Consejero Presidente, formular y suscribir en representación del Consejo General, con el representante legal del Instituto Federal Electoral en el Estado, las bases de colaboración derivadas del convenio celebrado en materia del Registro Federal de Electores.

    II.5. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 135, fracciones I y III del Código Electoral para el Estado de Tamaulipas, son atribuciones del Secretario Ejecutivo, representar legalmente al Instituto y auxiliar al propio Consejo General y a su Presidente en el ejercicio de sus atribuciones.

    II.6. Que en términos de lo dispuesto por el Código Electoral para el Estado de Tamaulipas en su artículo 140, fracciones V y VIII, es función del Director Ejecutivo de Organización Electoral; proveer lo necesario para la impresión y distribución de la documentación y material electoral autorizados por el Código Electoral para el Estado de Tamaulipas; y, supervisar lo relativo a la ejecución de los convenios suscritos con el Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral.

    II.7. Que para efectos del presente instrumento jurídico, señala como domicilio el ubicado en la calle Morelos, No. 501, Zona Centro, C.P. 87000, en Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.

  3. DE LAS PARTES:

    III.1 Que se reconocen en forma recíproca la personalidad con que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio.

    III.2 Que están en la mejor disposición de apoyarse para cumplir cabalmente con el objeto del presente instrumento jurídico.

    En atención a las declaraciones expresadas, las partes suscriben el presente instrumento, de conformidad con las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA. El objeto del presente Convenio, consiste en establecer las bases de apoyo y colaboración respecto del uso de los instrumentos y productos electorales debidamente actualizados, que "EL I.F.E.", por conducto de "LA D.E.R.F.E.", proporcionará a "EL I.E.TAM." a través de "LA D.E.O.E" , en apoyo al desarrollo del Proceso Electoral Local en el que se habrá de elegir el próximo 7 de julio de 2013, a los Diputados al Congreso Local e Integrantes de los Ayuntamientos del Estado de Tamaulipas.

    SEGUNDA. Para la actualización del Padrón Electoral, "LA D.E.R.F.E." y "EL I.E.TAM." tomarán en consideración lo siguiente:

    a) Campaña Especial de Actualización. En el periodo comprendido del 16 de enero al 15 de marzo de 2013, los ciudadanos mexicanos residentes en Tamaulipas podrán solicitar su inscripción o su reincorporación al Padrón Electoral o, en su caso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR