Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tlaxcala, para fortalecer la ejecucion y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios

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CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tlaxcala, para fortalecer la ejecucion y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios. CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS; Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE TLAXCALA, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO Y LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA ENTIDAD" REPRESENTADO POR EL DR. JESÚS SALVADOR FRAGOSO BERNAL, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SALUD DE TLAXCALA Y EL LIC. RICARDO DAVID GARCÍA PORTILLA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, CON LA ASISTENCIA DEL ENCARGADO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN DE RIESGOS SANITARIOS DE TLAXCALA, LIC. IGNACIO RAMÍREZ SÁNCHEZ, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", el Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala y el Secretario de Planeación y Finanzas, asistido por el Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala; y por "LA SECRETARÍA", el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARÍA" que:

    1. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud.

    2. Su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de marzo de 2011, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.

    3. Dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    4. La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos,

      insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    5. El Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    6. Cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    7. Existe aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013.

    8. Para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD" que:

    1. La Secretaría de Salud del Estado es una dependencia que forma parte de la administración pública centralizada del Estado de Tlaxcala, encargada de establecer y conducir la política estatal en materia de salud, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 11, 17 y 38, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala. Asimismo, en base a lo establecido en el artículo 23, de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala, se creó el Organismo Público Descentralizado denominado Salud de Tlaxcala, organismo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objetivo la operación y prestación de servicios de salud a la población.

    2. El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 11, 12, 17 y 38, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; 4, fracciones II y III, 13, 14, 17, 23, 26, fracción II, 30 y 34, de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    3. La Secretaría de Planeación y Finanzas es una dependencia que forma parte de la administración pública centralizada del Estado de Tlaxcala, encargada promover y coordinar la formulación, instrumentación, actualización y evaluación de los programas de desarrollo en congruencia con los Planes Nacional, Estatal y Municipales de Desarrollo, así como la administración de la Hacienda Pública del Estado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 11, 17 y 31, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala.

    4. El Secretario de Planeación y Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 11, 12, 31 y 32, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    5. La Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud del Estado, encargado de la regulación, control y fomento sanitario, así como la protección de la población frente a los riesgos sanitarios derivados de la exposición a factores químicos, físicos y biológicos nocivos para la salud, representar al estado dentro del Sistema Federal Sanitario y administrar los recursos financieros que les sean designados para el ejercicio de sus facultades que se destinen a sus servicios, de conformidad con lo establecido en el 54-BIS y 54-BIS-A fracción II de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala; 1 y 2 fracciones I, IV, XII, del Decreto por el que se crea la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, en fecha 7 de agosto del año 2006, fe de erratas publicado el día veinticuatro de agosto del mismo año.

    6. El encargado de la Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios de Tlaxcala, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con los artículos 54-BIS-B, de la Ley de Salud del Estado de Tlaxcala; 3 fracción II y 7 fracciones I y XX, del Decreto por el que se crea la

      Comisión Estatal para la...

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