Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y en su caso, a los estados, cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Veracruz de Ignacio de Llave y los municipios de Acayucan, Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Fortín, Minatitlán, Pánuco, Poza Rica de Hidalgo y Veracruz de dicha entidad federativa

Fecha de disposición27 Julio 2015
Fecha de publicación27 Julio 2015
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y en su caso, a los estados, cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales (SUBSEMUN), que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Veracruz de Ignacio de Llave y los municipios de Acayucan, Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Fortín, Minatitlán, Pánuco, Poza Rica de Hidalgo y Veracruz de dicha entidad federativa. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS Y, EN SU CASO, A LOS ESTADOS, CUANDO TENGAN A SU CARGO LA FUNCIÓN O LA EJERZAN COORDINADAMENTE CON LOS MUNICIPIOS, ASÍ COMO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA EN SUS DEMARCACIONES TERRITORIALES", EN LO SUCESIVO "SUBSEMUN", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LLAVE, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. JAVIER DUARTE DE OCHOA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. ARTURO BERMÚDEZ ZURITA, Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA Y DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. FRANCISCO PORTILLA BONILLA Y LOS MUNICIPIOS DE ACAYUCAN, BOCA DEL RÍO, COATZACOALCOS, CÓRDOBA, COSOLEACAQUE, FORTÍN, MINATITLÁN, PÁNUCO, POZA RICA DE HIDALGO Y VERACRUZ, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES, LOS CC. MARCO ANTONIO MARTÍNEZ AMADOR, MIGUEL ÁNGEL YUNES MÁRQUEZ, JOAQUÍN CABALLERO ROSIÑOL, PONCIANO VÁZQUEZ PARISSI, ARMEL CID DE LEÓN DÍAZ, JAIME TOMÁS RÍOS BERNAL, HÉCTOR DAMIÁN CHENG BARRAGÁN, RICARDO GARCÍA ESCALANTE, SERGIO LORENZO QUIROZ CRUZ Y RAMÓN POO GIL, RESPECTIVAMENTE, CON SUS CORRELATIVOS SÍNDICOS, LOS CC. DAGOBERTO MARCIAL DOMÍNGUEZ, GUILLERMO MORENO CHAZZARINI, EDITH ALEJANDRA THEUREL COTERO, YAMILET CRUZ ESCOBAR, LUCIO OTILIO FLORES ESPINOZA, LUIS ALBERTO GARCÍA HERNÁNDEZ, MARTÍN GRACIA VÁZQUEZ, C. SANDRA LUZ DE LEÓN MAZA, INÉS ADRIANA GÓMEZ GARCÍA, Y CARLOS JOSÉ DÍAZ CORRALES, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LOS PARTICIPANTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LOS PARTICIPANTES" protestaron cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al presente "CONVENIO", razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 29 de abril de 2014, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo sexto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como la regla Vigésima Primera, fracción I, de las Reglas para el otorgamiento del Subsidio a los Municipios, y en su caso, a los Estados, cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales", vigentes para el presente ejercicio fiscal, en lo sucesivo "LAS REGLAS";

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado

en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal, y

I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Veracruz, a partir del 1 de diciembre de 2010; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO"; en términos de los artículos 42, 49 fracciones XVII y XXIII, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 8, fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y demás disposiciones aplicables.

II.2 Los servidores públicos que lo asisten cuentan con facultades para suscribir el "CONVENIO" de conformidad con los artículos 8, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 16, fracción IX, 21, 23, fracciones VII y VIII, de la Ley número 310 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9 del Reglamento Interior de la Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública, así como el Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Seguridad Pública a celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, el 22 de octubre de 2014.

II.3 Es parte integrante del Estado Mexicano, con territorio y población, libre, soberano y autónomo en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno popular, representativo y democrático, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 y 17 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave".

II.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Enríquez esquina con Leandro Valle, Col. Centro, C.P. 91000, Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave.

II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "SUBSEMUN" designa Secretariado Ejecutivo del Sistema y Consejo Estatal de Seguridad Pública, sito Av. Rafael Guízar y Valencia s/n, Col. Reserva Territorial, C.P. 91197, Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave.

III. DECLARAN "LOS MUNICIPIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 2 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

III.2 Los CC. Marco Antonio Martínez Amador, Miguel Ángel Yunes Márquez, Joaquín Caballero Rosiñol, Ponciano Vázquez Parissi, Armel Cid de León Díaz, Jaime Tomás Ríos Bernal, Ricardo García Escalante, Sergio Lorenzo Quiroz Cruz y Ramón Poo Gil, Presidentes Municipales Constitucionales de Acayucan, Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Cosoleacaque, Fortín, Pánuco, Poza Rica de Hidalgo y Veracruz, respectivamente, quienes asumieron sus cargos a partir del 1o. de enero de 2014 y el C. Héctor Damián Cheng Barragán, Presidente Municipal de Minatitlán, asumió el cargo el 24 de enero de 2015 de conformidad a lo establecido en la Primera Sesión Solemne de Cabildo 2015 y con fundamento en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y en unión de sus correlativos Síndicos, los CC. Dagoberto Marcial Domínguez, Guillermo Moreno Chazzarini, Edith Alejandra Theurel Cotero, Yamilet Cruz Escobar, Lucio Otilio Flores Espinoza, Luis Alberto García Hernández, Martín Gracia Vázquez, Sandra Luz de León Maza, Inés Adriana Gómez García, y Carlos José Díaz Corrales, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 33, fracción XVI, inciso g), 68, 70 y 71 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 35, fracción XXV, inciso h) y 36, fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y demás disposiciones aplicables;

III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer...

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