Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de Seguridad Pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Jalisco y los municipios de Chapala, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Puerto Vallarta, Tala, Tepatitlán de Morelos, Tequila, Tlajomulco de Zúñiga, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, Zapopan y Zapotlán el Grande.

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EmisorSecretaría de Gobernación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. JORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DÍAZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EL C. HÉCTOR RAFAEL PÉREZ PARTIDA Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, LA C. RUTH GABRIELA GALLARDO VEGA Y LOS MUNICIPIOS DE CHAPALA, EL SALTO, GUADALAJARA, LAGOS DE MORENO, PUERTO VALLARTA, TALA, TEPATITLÁN DE MORELOS, TEQUILA, TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, TONALÁ, ZAPOPAN Y ZAPOTLÁN EL GRANDE, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR LA Y LOS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LA Y LOS CC. JAVIER DEGOLLADO GONZÁLEZ, MARCOS GODÍNEZ MONTES, ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, JUAN ALBERTO MÁRQUEZ DE ANDA, ARTURO DÁVALOS PEÑA, AARÓN CÉSAR BUENROSTRO CONTRERAS, HÉCTOR HUGO BRAVO HERNÁNDEZ, FELIPE DE JESÚS JIMÉNEZ BERNAL, ALBERTO URIBE CAMACHO, MARÍA ELENA LIMÓN GARCÍA, SERGIO ARMANDO CHÁVEZ DÁVALOS, JESÚS PABLO LEMUS NAVARRO Y ALBERTO ESQUER GUTIÉRREZ, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LAS PARTES" protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al "FORTASEG" y al presente "CONVENIO"; razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado

Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 19, párrafo primero de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o. y 2o. de la Constitución Política del Estado de Jalisco.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a partir del 1 de marzo de 2013; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 36 y 50, fracciones XVIII, XIX y XXVI de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2o. y 4o., fracciones I y II de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y demás disposiciones aplicables.

II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en: Palacio de Gobierno, Avenida Ramón Corona número 31, Colonia Centro, Código Postal 44100, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.

II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa al Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, sito en: Unión número 292, Colonia Deitz, Código Postal 44158, en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.

III. DECLARAN "LOS BENEFICIARIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; y 1, 2, 3 y 10 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

III.2 La Presidenta Municipal Constitucional y los Presidentes Municipales Constitucionales de Chapala, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Puerto Vallarta, Tala, Tepatitlán de Morelos, Tequila, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá, Zapopan y Zapotlán el Grande, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 38, fracción XV, 47, fracciones IV y XIV y 48, fracción VI de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y demás disposiciones aplicables.

III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:

MUNICIPIO:
DOMICILIO:
Chapala
Avenida Madero número 202, Colonia Centro, Código Postal 45900, Chapala, Jalisco.
El Salto
Presidencia Municipal, Ramón Corona número 1, Colonia Centro, Código Postal 45681, El Salto, Jalisco.
Guadalajara
Presidencia Municipal, Avenida Hidalgo número 400, Zona Centro, Código Postal 44100, Guadalajara, Jalisco.

Lagos de Moreno
Presidencia Municipal, Juárez esquina Francisco González de León sin número, Zona Centro, Código Postal 47400, Lagos de Moreno, Jalisco.
Puerto Vallarta
Presidencia Municipal, Independencia número 123, Colonia Centro, Código Postal 48300, Puerto Vallarta, Jalisco.
Tala
Ramón Corona número 5, Colonia Centro, Código Postal 45300, Tala, Jalisco.
Tepatitlán de Morelos
Presidencia Municipal Hidalgo número 45, Colonia Centro, Código Postal 47600, Tepatitlán de Morelos, Jalisco.
Tequila
José Cuervo número 33, Centro, Código Postal 46400, Tequila, Jalisco
Tlajomulco de Zúñiga
Presidencia Municipal, Calle La Higuera número 70, Colonia Centro, Código Postal 45640, Tlajomulco de Zúñiga.
Tlaquepaque
Presidencia Municipal, Independencia número 58, Centro, Código Postal 45500, Tl...

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