Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de Seguridad Pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Campeche y el Municipio de Carmen.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CAMPECHE, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR DEL ESTADO, EL C. RAFAEL ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. CARLOS MIGUEL AYSA GONZÁLEZ, LA SECRETARIA DE FINANZAS, LA C. AMÉRICA DEL CARMEN AZAR PÉREZ, LA SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA, LA C. LAURA LUNA GARCÍA, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL, EL C. GUSTAVO MANUEL ORTIZ GONZÁLEZ, EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. JORGE DE JESÚS ARGÁEZ URIBE, Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. MANUEL LANZ NOVELO, Y POR OTRA PARTE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CARMEN, EN LO SUCESIVO "EL BENEFICIARIO", REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL, EL C. PABLO GUTIÉRREZ LAZARUS; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LAS PARTES" protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 21, 115, fracción III, inciso h) y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 105, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Campeche; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, en lo sucesivo "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al "FORTASEG" y al presente "CONVENIO"; razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1. Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.2. Fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el Lic. Enrique Peña Nieto, Presidente de la República, en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 27, párrafo último, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17, párrafo segundo, de la "LEY GENERAL"; 121 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3. Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 5 y 8, fracción XII, del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 19, párrafo primero, de los "Lineamientos para el Otorgamiento del Subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública a los Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las Entidades Federativas que Ejerzan de Manera Directa o Coordinada la Función para el Ejercicio Fiscal 2017", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4. Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, colonia Anzures,

Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

I.5. Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1. Es una entidad libre y soberana, en todo lo concerniente a su régimen interior, que forma parte integrante de la Federación denominada Estados Unidos Mexicanos, y tiene la calidad de persona moral oficial, facultada para ejercer todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución, de conformidad con los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 23 de la Constitución Política del Estado de Campeche; 25, fracción I, y 26 del Código Civil Federal; 29, fracción I, y 30 del Código Civil del Estado de Campeche.

II.2.

Asumió el cargo de Gobernador del Estado de Campeche, a partir del 16 de septiembre de 2015; por lo que cuenta con facultades para celebrar el "CONVENIO"; en términos de los artículos 59 y 71, fracción XV, inciso a), de la Constitución Política del Estado de Campeche; 3 y 4, párrafo primero, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.

II.3. El Secretario de Gobierno, la Secretaria de Finanzas, la Secretaria de la Contraloría, el Secretario de Administración e Innovación Gubernamental, el Secretario de Seguridad Pública, y el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad...

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