Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de Seguridad Pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Baja California y los municipios de Ensenada, Mexicali, Playas de Rosarito, Tecate y Tijuana.

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EmisorSecretaría de Gobernación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FRANCISCO ARTURO VEGA DE LAMADRID, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, EL C. ANTONIO VALLADOLID RODRÍGUEZ; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. DANIEL DE LA ROSA ANAYA, Y LOS MUNICIPIOS DE ENSENADA, MEXICALI, PLAYAS DE ROSARITO, TECATE Y TIJUANA, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES Y PRESIDENTAS MUNICIPALES, LOS Y LAS CC. MARCO ANTONIO NOVELO OSUNA, GUSTAVO SÁNCHEZ VÁZQUEZ, MIRNA CECILIA RINCÓN VÁRGAS, NEREIDA FUENTES GONZÁLEZ Y JUAN MANUEL GASTÉLUM BUENROSTRO, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LAS PARTES" protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al "FORTASEG" y al presente "CONVENIO"; razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 19, párrafo primero de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función", publicados en el Diario Oficial de la Federación el

25 de enero de 2017, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 4 y 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Baja California, a partir del 1 de noviembre de 2013; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 40 y 49, fracciones XXII y XXVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; 2o., 3o., 6o. y 7o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California; 15, fracción I, 64 y 65 de la Ley de Planeación para el Estado de Baja California y demás disposiciones aplicables.

II.3 El Secretario de Seguridad Pública y el Secretario de Planeación y Finanzas, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 17, fracciones III y XI, 24, fracciones I, XIII, XVI y XVII y 38, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California; 8 primer párrafo y 10, fracciones I, XX y XXXI del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Baja California y 3 del Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California.

II.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en: Calzada Independencia número 994, tercer piso del Edificio del Poder Ejecutivo en el Centro Cívico Mexicali, Código Postal 21000, en la Ciudad de Mexicali, Baja California.

II.5 Para efectos de operación, funcionamiento...

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