Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Tamaulipas y los municipios de Altamira, Ciudad Madero, El Mante, Matamoros, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, Tampico, Valle Hermoso y Victoria.

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EmisorSecretaría de Gobernación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECIFICO DE ADHESION, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PUBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MEXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCION", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ALVARO VIZCAINO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FRANCISCO JAVIER GARCIA CABEZA DE VACA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. CESAR AUGUSTO VERASTEGUI OSTOS; LA SECRETARIA DE FINANZAS, LA C. MARIA DE LOURDES ARTEAGA REYNA, Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PUBLICA, LA C. SILVIA MARIBEL PECINA TORRES, Y LOS MUNICIPIOS DE ALTAMIRA, CIUDAD MADERO, EL MANTE, MATAMOROS, NUEVO LAREDO, REYNOSA, RIO BRAVO, TAMPICO, VALLE HERMOSO Y VICTORIA, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR LAS PRESIDENTAS Y LOS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LAS Y LOS CC. ALMA LAURA AMPARAN CRUZ, JOSE ANDRES ZORRILLA MORENO, JUAN FRANCISCO LEAL GUERRA, JESUS JUAN DE LA GARZA DIAZ DEL GUANTE, OSCAR ENRIQUE RIVAS CUELLAR, MAKI ESTHER ORTIZ DOMINGUEZ, JUAN DIEGO GUAJARDO ANZALDUA, MA. MAGDALENA PERAZA GUERRA, DANIEL TORRES ESPINOZA Y OSCAR DE JESUS ALMARAZ SMER, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDOS POR LA SECRETARIA Y LOS SECRETARIOS DE AYUNTAMIENTO, LA Y LOS CC. ISRAEL HERNANDEZ VILLAFUERTE, JONATHAN RUIZ ALVAREZ, RAUL CARDENAS THOMAE, ROBERTO CARLOS RODRIGUEZ ROMERO, SERGIO ALFONSO SIERRA HURTADO, LAURA PATRICIA RAMIREZ VILLASANA, RODOLFO ANDRADE DEL FIERRO Y JUAN ANTONIO ORTEGA JUAREZ, RESPECTIVAMENTE, ASI COMO LOS ENCARGADOS DEL DESPACHO DE LAS SECRETARIAS DE LOS AYUNTAMIENTOS DE EL MANTE Y MATAMOROS, LOS CC. ALFONSO ANDRES ESPINOSA RAMIREZ Y EDGAR CORDOBA GONZALEZ, RESPECTIVAMENTE, CON LA INTERVENCION DE LAS SINDICAS Y LOS SINDICOS MUNICIPALES, LAS Y LOS CC. MARICELA CERVANTES CEPEDA, JOSE HECTOR MONDRAGON ABDALA, CESAR GARNIER GONZALEZ, JAVIER ARREOLA MARTINEZ, GUSTAVO ADOLFO MONDRAGON DOBLADO, ZITA DEL CARMEN GUADARRAMA ALEMAN, RAUL EDUARDO LOPEZ MORALES, ENRIQUETA YOBANI HERNANDEZ REYES, RAUL SERGIO GARCIA SOLIS Y EDUARDO GARCIA FUENTES, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARA "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVES DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, en lo subsecuente "PRESUPUESTO DE

    EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 19, párrafo primero de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2018", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2018, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

    I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

    I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVES DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 Es parte integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 21 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.

    II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a partir del 1 de octubre de 2016; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 8, fracción I, 10 y 12, fracción VI de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tamaulipas, y demás disposiciones aplicables.

    II.3 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

    II.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en 15 y 16 Juárez, Palacio de Gobierno, 3er piso, Código Postal 87000, Ciudad Victoria, Tamaulipas.

    II.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, sito en: acceso al 77 Batallón de Infantería 0+400 metros, Colonia Lucio Blanco, Código Postal 87045, Ciudad Victoria, Tamaulipas.

  3. DECLARAN "LOS MUNICIPIOS", A TRAVES DE SUS REPRESENTANTES QUE:

    III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3 y 10 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.

    III.2 Las Presidentas y los Presidentes Municipales Constitucionales asistidos de la y los Secretarios de Ayuntamiento, los Encargados del Despacho de las Secretarías de los Ayuntamientos, con la intervención de las Síndicas y Síndicos Municipales de Altamira, Ciudad Madero, El Mante, Matamoros, Nuevo Laredo, Reynosa, Río Bravo, Tampico, Valle Hermoso y Victoria, respectivamente, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 130 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 4, 5, fracciones III y IV, 53, 54, 55, fracción VI, 60, fracción XII y 189 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, y demás disposiciones aplicables.

    III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del

    presente "CONVENIO".

    III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:

    MUNICIPIO:
    DOMICILIO:
    Altamira
    Calle Quinterno número 100, Zona Centro, Código Postal 89600, Altamira, Tamaulipas.
    Ciudad Madero
    Avenida Francisco I. Madero número 201 Sur, Zona Centro, Código Postal 89400, Cd. Madero, Tamaulipas.
    El Mante
    Juárez número 101, Zona Centro, Código Postal 89800, Cd. Mante, Tamaulipas.
    Matamoros
    Calle Sexta entre González y Morelos s/n, Zona Centro, Código Postal 87300, Matamoros, Tamaulipas.
    Nuevo Laredo
    Avenida Guerrero número 1500, Colonia Ojo Caliente, Código Postal 88040, Nuevo Laredo, Tamaulipas.
    Reynosa
    Morelos número 645, entre Hidalgo y Juárez, Zona Centro, Código Postal 88500, Reynosa, Tamaulipas.
    Río Bravo
    Avenida Las Américas, esquina con Avenida Miguel Alemán s/n, Zona Centro, Código Postal 88900, Río Bravo, Tamaulipas.
    Tampico
    Colón número 102, Centro Carranza y Díaz Mirón, Código Postal 89000, Tampico, Tamaulipas.
    Valle Hermoso
    Calle Eduardo Chávez, entre Hidalgo y Tamaulipas, Código Postal 87500, Valle Hermoso, Tamaulipas.
    Victoria
    Avenida Francisco I. Madero número 102, Norte, Zona Centro, Código Postal 87000, Victoria, Tamaulipas.
  4. DECLARAN "LA ENTIDAD FEDERATIVA" Y "LOS MUNICIPIOS", A TRAVES DE SUS REPRESENTANTES QUE:

    IV.1 En términos de los artículos 115, fracción III, inciso h) y párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132, fracción VIII de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1 de la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas; 49 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, y demás ordenamientos aplicables...

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