Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función (FORTASEG), para el ejercicio fiscal 2019, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Guanajuato y los municipios de Acámbaro, Celaya, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, Irapuato, León, Pénjamo, Salvatierra, San Felipe, San Francisco del Rincón, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Silao de la Victoria y Valle de Santiago.

Fecha de disposición10 Mayo 2019
Fecha de publicación10 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. FRANCO GERARDO MARCELLO FABBRI VÁZQUEZ; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. DIEGO SINHUE RODRÍGUEZ VALLEJO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN, EL C. HÉCTOR SALGADO BANDA; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. ÁLVAR CABEZA DE VACA APPENDINI, Y EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, C. MARCO ANTONIO SÁNCHEZ APARICIO, Y LOS MUNICIPIOS DE ACÁMBARO, CELAYA, DOLORES HIDALGO CUNA DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, GUANAJUATO, IRAPUATO, LEÓN, PÉNJAMO, SALVATIERRA, SAN FELIPE, SAN FRANCISCO DEL RINCÓN, SAN LUIS DE LA PAZ, SAN MIGUEL DE ALLENDE, SILAO DE LA VICTORIA Y VALLE DE SANTIAGO, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR LAS Y LOS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC. ALEJANDRO TIRADO ZÚÑIGA, ELVIRA PANIAGUA RODRÍGUEZ, MIGUEL ÁNGEL RAYAS ORTIZ, MARIO ALEJANDRO NAVARRO SALDAÑA, JOSÉ RICARDO ORTIZ GUTIÉRREZ, HÉCTOR GERMÁN RENÉ LÓPEZ SANTILLANA, JUAN JOSÉ GARCÍA LÓPEZ, KARLA ALEJANDRINA LANUZA HERNÁNDEZ, EDUARDO MALDONADO GARCÍA, JAVIER CASILLAS SALDAÑA, LUIS GERARDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, LUIS ALBERTO VILLARREAL GARCÍA, JOSÉ ANTONIO TREJO VALDEPEÑA Y ALEJANDRO ALANÍS CHÁVEZ, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL" y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 1 de diciembre de 2018, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, en lo subsecuente "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 15, de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2019", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 2019, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 En términos de los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos y 28, 29 y 32 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 24, fracción I del Código Civil para el Estado de Guanajuato, es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, a partir del 26 de septiembre de 2018, acreditando su personalidad con la declaratoria de Gobernador Electo que en su favor fue expedida por la LXIII Sexagésima Tercera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, mediante el Decreto Legislativo No. 333, publicado en el ejemplar No. 190, Décima Tercera Parte; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO" así como los servidores públicos que lo asisten, en términos de los artículos 38, 77, fracciones XVIII, XXII, inciso a), XXVI, 80 y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 2, 3, 8, 12, 13, fracciones II y IX, 18, 19, 24 y 31 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 1, 2, 4, fracción I del Decreto Gubernativo Número 15, mediante el cual se modifica la naturaleza jurídica y se reestructura la organización interna del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, cuarta parte, el 21 de diciembre de 2012; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; 2, 5 y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública y demás disposiciones aplicables.

II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Paseo de la Presa, número 103, segundo piso, Colonia Centro, Código Postal 36000, Guanajuato, Guanajuato.

III. DECLARAN "LOS BENEFICIARIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 106 y 107 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, y 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

III.2 Las y los Presidentes Municipales Constitucionales de Acámbaro, Celaya, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Guanajuato, Irapuato, León, Pénjamo, Salvatierra, San Felipe, San Francisco del Rincón, San Luis de la Paz, San Miguel de Allende, Silao de la Victoria y Valle de Santiago, respectivamente, quienes asumieron sus cargos a partir del 10 de octubre de 2018, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 108, 117, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guanajuato; 77, fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y demás disposiciones aplicables.

III.3 Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:

MUNICIPIO:
DOMICILIO:
Acámbaro
Andador Juárez 280, Centro Histórico, 38600 Acámbaro, Gto.
Celaya
Portal Independencia #101, Zona Centro, CP. 38000, Celaya, Gto.
Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional
Avenida De los Héroes 77, San Cristóbal, 37800 Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Gto.
Guanajuato
Plaza De La Paz No. 12, Zona Centro, 36000 Guanajuato, Gto.
Irapuato
Blvrd. Paseo Solidaridad 8350, Las Fuentes, 36587 Irapuato, Gto
León
Plaza Principal: S/N, Centro Histórico León, Gto. C.P. 37000
Pénjamo
Benito Juárez 5, Zona Centro, 36900 Pénjamo, Gto.
Salvatierra
Calle Benito Juárez 408, Zona Centro, 38900 Salvatierra, Gto.
San Felipe
Plaza Principal. No. 100, San Felipe, Gto., C.P. 37600.

San Francisco del Rincón
Jardín Principal S/N, Zona Centro, 36300 San Francisco del Rincón, Gto.
San Luis de la Paz
Calle Morelos 102, Zona Centro, 37900 San Luis de la Paz, Gto.
San Miguel de Allende
Blvrd. de la Conspiración 130, 37748 San Miguel de Allende, Gto.
Silao de la Victoria
Melchor Ocampo 1, Centro, 36100 Silao, Gto.
Valle de Santiago
Palacio Municipal S/N, Centro, 38400 Valle de Santiago, Gto.

IV. DECLARAN "LAS PARTES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

IV.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.

IV.2 Celebran el presente "CONVENIO" de acuerdo con el marco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR