Convenio Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función (FORTASEG), para el ejercicio fiscal 2019, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Tamaulipas y el Municipio de Matamoros.

Fecha de disposición22 Mayo 2019
Fecha de publicación22 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. FRANCO GERARDO MARCELLO FABBRI VÁZQUEZ; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. CÉSAR AUGUSTO VERÁSTEGUI OSTOS; LA SECRETARIA DE FINANZAS, LA C. MARÍA LOURDES ARTEAGA REYNA, Y LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, LA C. SILVIA MARIBEL PECINA TORRES, Y EL MUNICIPIO DE MATAMOROS, EN LO SUCESIVO "EL MUNICIPIO", REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, EL C. MARIO ALBERTO LÓPEZ HERNÁNDEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO, EL C. EFRAÍN ENCINIA MARÍN, CON LA INTERVENCIÓN DEL SEGUNDO SÍNDICO, EL C. ISIDRO JESÚS VARGAS FERNÁNDEZ; A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

  1. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    I.1 Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL" y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, concatenado con los artículos Octavo, Décimo Tercero y Décimo Cuarto transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.

    I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el 1 de diciembre de 2018, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 30 Bis, fracción XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

    I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, en lo subsecuente "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 15, de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2019", publicados en el Diario Oficial

    de la Federación el 15 de febrero de 2019, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

    I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.

  2. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    II.1 En términos de los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 y 21 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, es parte integrante de la Federación, libre y soberana en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular.

    II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a partir del 1 de octubre de 2016; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 77 y 91, fracciones II y XXI de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2, párrafo 1, 7, párrafos 1 y 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 8, fracción I, 10 y 12, fracción VI de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tamaulipas y demás disposiciones aplicables.

    II.3 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

    II.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en 15 y 16 Juárez, Palacio de Gobierno, 3er piso, Código Postal 87000, Ciudad Victoria, Tamaulipas.

  3. DECLARA "EL MUNICIPIO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

    III.1 Es una entidad administrativa con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 131 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas y 2, 3 y 10, del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.

    III.2 El Presidente Municipal Constitucional, asistido por el Secretario del Ayuntamiento con la intervención del Segundo Síndico Municipal de Matamoros, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 130 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 53, 54, 55, fracción VI, 60, fracción XII y 189 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas y demás disposiciones aplicables.

    III.3 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".

    III.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Calle Sexta entre González y Morelos s/n, Zona Centro, Código Postal 87300, Matamoros, Tamaulipas.

  4. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA" Y "EL MUNICIPIO", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

    IV.1 En términos de los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 132, fracción VIII de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1 de la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas; 74, 75 y 76 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas y demás ordenamientos aplicables, el Gobierno del Estado de Tamaulipas y el Municipio de Matamoros, celebraron el 07 de enero de 2019, un Convenio de Colaboración y Coordinación en materia de Seguridad Pública, con vigencia a partir de su suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2019, el cual tiene por objeto establecer los lineamientos y mecanismos idóneos de colaboración y coordinación entre las partes, para que Gobierno del Estado tenga bajo su tutela

    la función de Seguridad Pública en el territorio geográfico que comprende a el Municipio de Matamoros, cuyo marco de acción comprende cualquiera de las siguientes competencias:

    "a) La prestación temporal del servicio de seguridad pública en el municipio por parte de "EL ESTADO".

    1. La evaluación de control de confianza, en su caso, los procesos de depuración, capacitación y adiestramiento de los elementos de seguridad pública registrados en "EL MUNICIPIO", y

    2. La evaluación de control de confianza, en su caso, los procesos de depuración, capacitación y adiestramiento de los elementos de tránsito municipales.

    IV.2 En la cláusula Segunda, Cuarta y Quinta de dicho Convenio, las partes acordaron lo siguiente:

    SEGUNDA. "EL ESTADO" se compromete a prestar la función de seguridad pública en eI territorio geográfico de "EL MUNICIPIO", los elementos de las instituciones...

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