Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios para la aplicación del XLI Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM), que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nuevo León.

Fecha de disposición12 Enero 2018
Fecha de publicación12 Enero 2018
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios para la aplicación del XLI Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM), que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nuevo León. CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARACTER DE SUBSIDIOS, PARA LA APLICACION DEL XLI EXAMEN NACIONAL PARA ASPIRANTES A RESIDENCIAS MEDICAS (CONVENIO), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", A TRAVES DEL DR. JOSE MELJEM MOCTEZUMA, EN SU CARACTER DE SUBSECRETARIO DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL DR. SEBASTIAN GARCIA SAISO, DIRECTOR GENERAL DE CALIDAD Y EDUCACION EN SALUD (DGCES) Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEON, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADA POR EL LIC. CARLOS ALBERTO GARZA IBARRA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO GENERAL DEL ESTADO, Y EL DR. MED. MANUEL ENRIQUE DE LA O CAVAZOS, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE NUEVO LEON, Y CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARIA" y "LA ENTIDAD" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales, a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales e insumos a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13, apartado B, de la Ley General de Salud.

  2. De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que "LAS PARTES" suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el Titular de la Secretaría de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nuevo León, Organismo Público Descentralizado el Titular de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de "LA ENTIDAD", en tanto que por "LA SECRETARIA", lo harán, entre otras áreas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, asistido por los titulares de las unidades administrativas y/u órganos desconcentrados de su adscripción.

  3. Los artículos 3o., fracción VIII y 6o., fracción VI, de la Ley General de Salud, establecen, respectivamente, que es materia de salubridad general, la promoción de la formación de recursos humanos para la salud, y que es objetivo del Sistema Nacional de Salud, el impulsar un sistema racional de administración y desarrollo de los recursos humanos para mejorar la salud.

  4. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 89 y 90, de la referida Ley General de Salud, las autoridades sanitarias, sin perjuicio de la competencia que sobre la materia corresponda a las autoridades educativas y en coordinación con ellas, así como con la participación de las instituciones de salud, establecerán las normas y criterios para la capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud. Así mismo, corresponde a "LA SECRETARIA" y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, promover actividades tendientes a la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos que se requieran para la satisfacción de las necesidades del país en materia de salud.

  5. La Ley General de Salud en su artículo 91, fracción II, establece que "LA SECRETARIA" y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán con las autoridades e instituciones educativas, en la definición del perfil de los profesionales para la salud en sus etapas de formación.

  6. El artículo 92, de la Ley General de Salud, dispone que las secretarías de Salud y de Educación Pública y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán y fomentarán la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para los servicios de salud, de conformidad con los objetivos y prioridades del Sistema Nacional de Salud, de los Sistemas Estatales de Salud y de los programas educativos.

  7. El 19 de octubre de 1983 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud, con el

    propósito de identificar las áreas de coordinación entre las instituciones educativas y las de salud, así como entre el sector educativo y el sector salud, en el proceso de formación de recursos humanos para la salud que requiera el Sistema Nacional de Salud.

  8. En este contexto, anualmente se convoca a los médicos generales mexicanos y extranjeros que estén interesados en ingresar al Sistema Nacional de Residencias Médicas, para realizar un curso universitario de especialización médica en el Sistema Nacional de Salud, a sustentar el Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM).

  9. El ENARM se aplica de acuerdo con los requisitos establecidos en la Convocatoria, que se difunde en la página de Internet de la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud (http://www.cifrhs.salud.gob.mx/).

    DECLARACIONES

  10. "LA SECRETARIA" declara que:

    I.1 El Dr. José Meljem Moctezuma, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo previsto en los artículos 2, apartado A, fracción I, 8, fracción XVI y 9, fracciones III y XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que acredita con la copia del nombramiento respectivo, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.

    I.2 La DGCES es una unidad administrativa de la Secretaría de Salud, adscrita a la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, según lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, cuyo Titular, el Dr. Sebastián García Saisó se encuentra plenamente facultado para asistir en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16, fracción XIII y 18, fracciones I, XXI, XXII, XXIII, XXV, XXVI, XXVI Bis 1 y XXVI Bis 2, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento que se acompaña como parte del Anexo 1 del presente instrumento.

    I.3 Cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente Convenio.

    I.4 Para los efectos jurídicos relacionados con este Convenio, señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.

  11. "LA ENTIDAD" declara:

    II.1. Que el Lic. Carlos Alberto Garza Ibarra, Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, suscribe el presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 18 fracción III, y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, cargo que acredita con la copia fotostática del nombramiento que se adjunta al presente instrumento jurídico, para formar parte de su contexto.

    II.2. Que el Dr. Med. Manuel Enrique de la O Cavazos, Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nuevo León, Organismo Público Descentralizado, suscribe el presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 18 fracción VIII, 27, 35 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, artículos 2 fracciones I, IV, VI y VII y 9 fracciones I y XII de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nuevo León, publicada en el Periódico Oficial del Estado en fecha 18 de diciembre de 1996, cargo que acredita con la copia fotostática del nombramiento que se adjunta al presente instrumento jurídico, para formar parte de su contexto.

    II.3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la

    coordinación estrecha con "LA SECRETARIA" a efecto de que se realice la aplicación del XLI Examen Nacional para Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM), en el Estado de Nuevo León, de conformidad con los anexos del presente instrumento, conforme al modelo operativo planteado por la Federación, vigilando su cumplimiento y emitiendo los informes tanto de avance físico y financiero y todos los que sean necesarios a "LA SECRETARIA" para hacer de su conocimiento el avance en las metas previstas.

    II.4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Matamoros No. 520 Oriente, 4o. Piso, C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León.

    II.5. "LA ENTIDAD" cuenta con Registro Federal de Contribuyentes GEN620601DTA.

    Una vez expuesto lo anterior y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR