Convenio Específico de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función de Seguridad Pública, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Hidalgo y los municipios de Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo de Bravo y Zempoala

Fecha de disposición27 Abril 2016
Fecha de publicación27 Abril 2016
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL Y EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. JOSÉ FRANCISCO OLVERA RUIZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, C. NICOLÁS RAMÍREZ GÓMEZ Y LOS MUNICIPIOS DE HUEJUTLA DE REYES, IXMIQUILPAN, MINERAL DE LA REFORMA, PACHUCA DE SOTO, TEPEAPULCO, TEPEJI DEL RÍO DE OCAMPO, TIZAYUCA, TULA DE ALLENDE, TULANCINGO DE BRAVO Y ZEMPOALA, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC. JOSÉ ALFREDO SAN ROMÁN DUVAL, CIPRIANO CHARREZ PEDRAZA, FILIBERTO HERNÁNDEZ MONZALVO, ELEAZAR EDUARDO GARCÍA SÁNCHEZ, ALBERTO FRANCO RAMÍREZ, FERNANDO MIRANDA TORRES, JUAN NÚÑEZ PEREA, JAIME JACOBO ALLENDE GONZÁLEZ, JULIO CÉSAR SOTO MÁRQUEZ Y SELENE PEÑA ÁVILA, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LOS PARTICIPANTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LOS PARTICIPANTES" protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al "FORTASEG" y al presente "CONVENIO"; razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos

18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 21 de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función de seguridad pública", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2016, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 y 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, a partir del 1 de abril de 2011; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 61 y 71, fracciones IX y LIV de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 2 y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo y demás disposiciones aplicables.

II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno sito Plaza Juárez s/n, 4o. piso, Col. Centro, C.P. 42000, Pachuca de Soto, Hidalgo.

II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa al Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública sito en: Calle la Joya No. 102, Edificio Ángeles Colonia Unión Chacón, Mineral de la Reforma, C.P. 42186.

III. DECLARAN "LOS BENEFICIARIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 115 y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo y 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo.

III.2 Los CC. José Alfredo San Román Duval, Cipriano Charrez Pedraza, Filiberto Hernández Monzalvo, Eleazar Eduardo García Sánchez, Alberto Franco Ramírez, Fernando Miranda Torres, Juan Núñez Perea, Jaime Jacobo Allende González, Julio César Soto Márquez y Selene Peña Ávila, Presidentes Municipales de Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo de Bravo y Zempoala, respectivamente, cuentan...

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