Convenio Específico de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento del subsidio a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función de Seguridad Pública, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estado de Puebla y los municipios de Amozoc, Atlixco, Cuautlancingo, Huauchinango, Puebla, San Andrés Cholula, San Martín Texmelucan, San Pedro Cholula, Tehuacán, Tepeaca, Teziutlán y Zacatlán

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EmisorSecretaría de Gobernación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL Y EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO ESTATAL DE COORDINACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. CARLOS JESÚS CADENA LOZANO, Y LOS MUNICIPIOS DE AMOZOC, ATLIXCO, CUAUTLANCINGO, HUAUCHINANGO, PUEBLA, SAN ANDRÉS CHOLULA, SAN MARTÍN TEXMELUCAN, SAN PEDRO CHOLULA, TEHUACÁN, TEPEACA, TEZIUTLÁN Y ZACATLÁN, EN LO SUCESIVO "LOS BENEFICIARIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES CONSTITUCIONALES, LOS CC JOSÉ CRUZ SÁNCHEZ ROJAS, JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA, JOSÉ FÉLIX CASIANO TLAHQUE, GABRIEL ALVARADO LORENZO, JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, LEONCIO PAISANO ARIAS, JOSÉ RAFAEL NÚÑEZ RAMÍREZ, JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, ERNESTINA FERNÁNDEZ MÉNDEZ, DAVID EDGARDO HUERTA RUÍZ, EDGAR ANTONIO VÁZQUEZ HERNÁNDEZ Y MARCOS FLORES MORALES, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LOS PARTICIPANTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

MARCO LEGAL

"LOS PARTICIPANTES" protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones jurídicas aplicables al "FORTASEG" y al presente "CONVENIO"; razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.

DECLARACIONES

I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

I.1 Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.2 Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

I.3 Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del "PRESUPUESTO DE EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema

Nacional de Seguridad Pública, así como 21 de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función de seguridad pública", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2016, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".

I.4 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

I.5 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, colonia Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, Distrito Federal.

II. DECLARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:

II.1 Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 y 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

II.2 Asumió el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla; a partir del 1 de febrero de 2011; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 70 y 79, fracciones II y XVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 2, 9 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 8, fracción I, 13, fracción I, 16, fracción VII de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla, y demás disposiciones aplicables.

II.3 Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en 31 Poniente No. 1717, Colonia los Volcanes, C.P. 72410, Puebla, Puebla.

II.4 Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa al Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública sito en: 31 Poniente No. 1717, Colonia los Volcanes, C.P. 72410, Puebla, Puebla.

III. DECLARAN "LOS BENEFICIARIOS", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1 Son entidades administrativas con personalidad jurídica y patrimonio propios, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 103 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla.

III.2 Los CC. José Cruz Sánchez Rojas, José Luis Galeazzi Berra, José Félix Casiano Tlahque, Gabriel Alvarado Lorenzo, José...

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