Convenio Específico de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Bienestar y el Estado de Chiapas en el marco del Programa Sembrando Vida para el ejercicio fiscal 2019.

Fecha de disposición07 Octubre 2019
Fecha de publicación07 Octubre 2019
EmisorSECRETARIA DE BIENESTAR
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACIÓN DE RECURSOS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL, EL C. JAVIER MAY RODRÍGUEZ, Y EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, DR. BALDEMAR HERNÁNDEZ MÁRQUEZ; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "EL GOBIERNO ESTATAL" REPRESENTADO POR LA MTRA. ZAYNIA ANDREA GIL VÁZQUEZ, SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "SAGyP"; LA ARQ. MARIA DEL ROSARIO BONIFAZ ALFONZO, SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE E HISTORIA NATURAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "SEMAHN" Y EL DR. JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "HACIENDA"; A QUIENES, CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, SERÁN DENOMINADAS COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en lo sucesivo la SHCP, y la Secretaría de la Función Pública, en lo sucesivo la SFP, así como para obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto "B", en lo sucesivo la DGPyP "B", de la SHCP, mediante oficio número 312.A.-, con folio de autorización 01684, de fecha 24 de julio de 2019, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SECRETARÍA" reasigne recursos a "EL GOBIERNO ESTATAL" con cargo a su presupuesto autorizado.

  3. El 24 de abril del año 2019, "LA SECRETARÍA" y "EL GOBIERNO ESTATAL", celebraron un Convenio General de Coordinación, en adelante "Convenio General", con el objeto de establecer las bases, lineamientos, mecanismos de coordinación y cooperación entre "LAS PARTES", con el fin de conjuntar esfuerzos y recursos dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para impulsar la adecuada ejecución de las acciones de producción y mantenimiento de plantas, así como de apoyo y asesoría técnica para el manejo, en su etapa de vivero.

  4. La Cláusula Segunda del "Convenio General" establece que se suscribirán los expedientes técnicos necesarios para realizar cualquier acción a que se refiere su cláusula Primera.

  5. Conforme con lo previsto en la Cláusula Novena del "Convenio General", se establece que para la operación y el cumplimiento de las actividades que sean encomendadas a "EL GOBIERNO ESTATAL" en cada uno de los Expedientes Técnicos que se suscriban, en ellos se establecerán entre otros aspectos, las características cuantitativas y cualitativas requeridas para la producción de plantas, así como el monto calendarizado de los recursos a ejercer que hayan sido determinados previamente entre "LAS PARTES" conforme al presupuesto presentado por "EL GOBIERNO ESTATAL" a solicitud de "LA SECRETARÍA". Los recursos serán transferidos conforme al calendario de aportaciones convenido a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    DECLARACIONES

  6. De "LA SECRETARÍA":

    1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este convenio, conforme a lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción I, y 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde, entre otras atribuciones, formular, conducir, evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; coordinar las acciones que incidan en el bienestar de la población y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobierno estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado.

    3. Que sus representantes cuentan con las facultades para la firma del presente Convenio, en términos

      de lo establecido en los artículos 6 fracciones VI y XIX, y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social y el "Acuerdo por el que se delegan en el servidor público de la Secretaría de Bienestar las facultades que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2019, a través del cual la Secretaria de Bienestar delega en el titular de la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, las facultades requeridas para operar el Programa "Sembrando Vida".

    4. Para los efectos del presente Convenio Específico, señala como domicilio el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

  7. De "EL GOBIERNO ESTATAL":

    1. De conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 16, 17 y 51 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es una entidad libre y soberana en todo lo concerniente en su régimen interior.

    2. La Mtra. Zaynia Andrea Gil Vázquez, en su carácter de Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio Específico de conformidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador del Estado, de fecha 08 de diciembre de 2018, y a lo previsto en los artículos 11 primer párrafo, 13, 14 fracciones I, IV y V, y 21 primer párrafo, 28 fracción X y 38 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas vigente, y 14 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría del Campo, en términos de lo establecido en los artículos Transitorios tercero primer párrafo inciso h) e i) y quinto segundo párrafo del decreto número 020, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 414, de fecha 08 de diciembre del 2018, y;

    3. La Arq. María del Rosario Bonifaz Alfonzo, acredita su personalidad como Secretaria de Medio Ambiente e Historia Natural, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio Específico de conformidad con el nombramiento de fecha 08 de diciembre de dos mil dieciocho, expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Chiapas, y a lo previsto en los artículos 21, 28 fracción VII 35 Fracción XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

    4. El Dr. Javier Jiménez Jiménez, acredita su personalidad como Secretario de Hacienda, con el nombramiento de fecha 08 de diciembre de dos mil dieciocho, expedido a su favor por el Gobernador del Estado de Chiapas, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente convenio de conformidad en lo establecido en los artículos 11 primer párrafo, 13, 14 fracciones I, IV y V, 28 fracción II y 30 fracción LIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas vigente.

    5. Que, para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico, señalan como su domicilio el ubicado en Boulevar Andrés Serra Rojas número 1090 Colonia el retiro, nivel 11, del edificio de la Torre Chiapas (Secretaría de Hacienda); el ubicado en el km. 2.5 de la carretera Juan Crispín - Chicoasén, Centro Demostrativo "La Chacona", en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para la "SAGyP"; y el ubicado en Calzada Cerro Hueco sin número, Colonia El Zapotal, número 6, Código Postal 29040, en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para la "SEMAHN".

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 40, 42 fracción I, 43, 90 y 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 3 y 4 de la Ley General de Desarrollo Social; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; 1, 2, 16, 17, 51, 59 fracciones XXXVI y XXXVIII, y 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 21, 35 fracción XVII, y 38 fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como en el Segundo Transitorio de los "Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007, y demás disposiciones jurídicas aplicables, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "EL GOBIERNO ESTATAL" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de producción de plantas...

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