Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chiapas

Fecha de disposición06 Julio 2012
Fecha de publicación06 Julio 2012
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chiapas. SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECIFICO PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PUBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS SUSCRITO EL 1 DE MARZO DE 2010, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. MAURICIO HERNANDEZ AVILA, SUBSECRETARIO DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. GUSTAVO ADOLFO OLAIZ FERNANDEZ, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCION DE LA SALUD; LA DRA. CELIA MERCEDES ALPUCHE ARANDA, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DEL INSTITUTO DE DIAGNOSTICO Y REFERENCIA EPIDEMIOLOGICOS DE LA DIRECCION GENERAL DE EPIDEMIOLOGIA; LA T.R. VIRGINIA GONZALEZ TORRES, SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL LIC. FRANCISCO CISNEROS RIVERO, SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD; EL DR. ARTURO CERVANTES TREJO, SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCION DE ACCIDENTES; LA DRA. OLGA GEORGINA MARTINEZ MONTAÑEZ, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GENERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. MIGUEL ANGEL LEZANA FERNANDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA MTRA. CELINA ALVEAR SEVILLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y EL CONTROL DE LAS ADICCIONES; EL DR. JOSE ANTONIO IZAZOLA LICEA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y LA DRA. VESTA LOUISE RICHARDSON LOPEZ-COLLADA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO ", REPRESENTADO POR EL DR. JAMES GOMEZ MONTES EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD Y EL LIC. CARLOS JAIR JIMENEZ BOLAÑOS CACHO EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE HACIENDA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 1 DE MARZO DE 2010, "LA SECRETARIA" y "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" celebraron el Convenio Específico para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, con el objeto de transferir recursos presupuestales e insumos federales a "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", a fin de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", la adecuada instrumentación así como fortalecer la integralidad de las acciones de Promoción y Prevención de la Salud, documento que se denominará "CONVENIO PRINCIPAL".

  2. En la Cláusula DECIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del "CONVENIO PRINCIPAL", las partes acordaron lo que a la letra dice: "...el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

  3. En la Cláusula NOVENA, denominada VIGENCIA del "CONVENIO PRINCIPAL", las partes acordaron lo que a la letra dice: "El presente Convenio Específico, así como sus anexos, comenzarán a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2010, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización".

  4. Con fecha 1 DE SEPTIEMBRE DE 2010, "LA SECRETARIA" y "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", celebraron el Convenio Modificatorio al Convenio Específico para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, con el objeto de modificar las Cláusulas

    Primera, Segunda y Novena; así como los Anexos Dos, Tres, Cuatro, Cinco y el Apéndice, establecidos en el "CONVENIO PRINCIPAL".

  5. En la Cláusula NOVENA.- VIGENCIA, de la Cláusula SEGUNDA del Convenio Modificatorio al Convenio Específico para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, las partes acordaron lo que a la letra dice: "El presente convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el cumplimiento del objeto, materia del presente convenio específico, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Organo de Difusión Oficial de "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO" dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a su formalización".

  6. Las partes han determinado actualizar las DECLARACIONES 2 y 3 de "LA SECRETARIA" y modificar las Cláusulas Primera, Segunda y Novena, así como los Anexos Dos, Tres, Cuatro, Cinco y el Apéndice del "CONVENIO PRINCIPAL", con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios e insumos federales transferidos a "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", derivado del comportamiento del gasto.

    DECLARACIONES

  7. "LA SECRETARIA", declara por medio de su representante:

    1. .....

    2. Que a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud, establecer, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las políticas y estrategias en materia de prevención y promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de discapacidad, salud mental y accidentes; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva, de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Prevención y el Control de las Adicciones, para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que las direcciones generales de Promoción de la Salud, y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental; para las Personas con Discapacidad; y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas dependientes de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, Literal B, fracción XII, XVII BIS, XIX, XX y XXI, 15, 16, 28, 32 Bis 2, 35 Bis 1 y 35 Bis 2 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control de las Adicciones; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, Literal C, fracción II, VII, VII Bis, VIII y IX, 36, 37, 38, 40, 45, 45 Bis, 46 y 47 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y se encuentran adscritos administrativamente a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico.

    4. .....

    I.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".

  8. "EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO", declara por medio de su representante:

    II.1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".

  9. Las partes declaran conjuntamente:

    III.1.Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del

    presente instrumento.

    III.2.Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se establecen en el mismo, al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- El presente Convenio Modificatorio, tiene por objeto modificar las Cláusulas PRIMERA, SEGUNDA y NOVENA; así como los Anexos 2, 3, 4, 5 y el Apéndice del "CONVENIO PRINCIPAL", para quedar como sigue:

    PRIMERA.- ...

    No. UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCION MONTO MAXIMO A CARGO DE "LA SECRETARIA" (Pesos)
    RECURSOS FINANCIEROS INSUMOS TOTAL
    310 DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE LA SALUD
    14 Promoción de la salud: hacia una nueva cultura por la salud 2,000,560.20 1,317,142.60 3,317,702.80
    15 Escuela y Salud 0.00 0.00 0.00
    16 Entorno y comunidades saludables 0.00 0.00 0.00
    26 Vete Sano, Regresa Sano 0.00 0.00 0.00
    Subtotal 2,000,560.20 1,317,142.60 3,317,702.80
    313 SECRETARIADO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
    13 Salud mental, depresión 0.00 0.00 0.00
    Subtotal 0.00 0.00 0.00
    314 SECRETARIADO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
    12 Prevención, atención y rehabilitación de personas con discapacidad 0.00 829,135.69 829,135.69

    Subtotal 0.00 829,135.69 829,135.69

    315 SECRETARIADO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCION DE ACCIDENTES
    4 Programa Nacional de Seguridad Vial 500,000.00 0.00 500,000.00
    Subtotal 500,000.00 0.00 500,000.00
    316 DIRECCION GENERAL DE EPIDEMIOLOGIA
    25 Vigilancia epidemiológica 7,529,604.00 0.00 7,529,604.00
    31 Laboratorio de Salud Pública (Componente de Vigilancia Epidemiológica) 2,289,820.00 401,000.00 2,690,820.00
    Subtotal 9,819,424.00 401,000.00 10,220,424.00
    L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GENERO Y SALUD REPRODUCTIVA
    6 Prevención, detección y atención temprana del cáncer de mama 10,064,421.38 109,600.00 10,174,021.38
    7
    ...

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