Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Guerrero.

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CONVENIO EspecÃfico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la SecretarÃa de Salud y el Estado de Guerrero. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE MINISTRACION DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PUBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", POR CONDUCTO DEL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCION DE LA SALUD; EL DR. CUITLAHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGIA; LA T.R. MARIA VIRGINIA GONZALEZ TORRES, SECRETARIA TECNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL DR. ARTURO GARCIA CRUZ, SECRETARIO TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCION DE ACCIDENTES; EL DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GENERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESUS FELIPE GONZALEZ ROLDAN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZUÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCION Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA, Y EL DR. JUAN LUIS GERARDO DURAN ARENAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. HECTOR APREZA PATRON, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION, Y EL DR. CARLOS DE LA PEÑA PINTOS, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL OPERATIVO DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD DEL ESTADO DE GUERRERO, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARIA" y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACION, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos especÃficos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con "LA SECRETARIA", en términos de los artÃculos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO".

  2. De conformidad con lo establecido en la cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios EspecÃficos que al efecto se celebren serán suscritos por EL LIC. HECTOR APREZA PATRON, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION Y EL DR. CARLOS DE LA PEÑA PINTOS, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL OPERATIVO DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD DEL ESTADO DE GUERRERO por parte de "LA ENTIDAD", y por la SubsecretarÃa de Prevención y Promoción de la Salud por sà misma, o asistida por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte de "LA SECRETARIA".

  3. "LA SECRETARIA" tiene dentro de sus objetivos, la atención de los retos de la salud que enfrenta el paÃs, a los cuales se han asociado metas estratégicas, lÃneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en materia de salud pública, el fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, las cuales se concretan en 36 Programas de Acción EspecÃficos, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS".

    DECLARACIONES

  4. "LA SECRETARIA" declara que:

    I.1. El Dr. Pablo Antonio Kuri Morales, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio EspecÃfico, según se desprende de lo previsto en los artÃculos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de

    la SecretarÃa de Salud, asà como el ArtÃculo Unico, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la SecretarÃa de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, modificado por el diverso publicado en el citado órgano de difusión oficial el 12 de enero de 2015, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.

    I.2. La SubsecretarÃa de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las polÃticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, asà como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación de aquellas polÃticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 10 del Reglamento Interior de la SecretarÃa de Salud.

    I.3. Las direcciones generales de Promoción de la Salud y de EpidemiologÃa, asà como los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la SecretarÃa de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 2, apartado B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, del Reglamento Interior de la SecretarÃa de Salud, adscritas a la SubsecretarÃa de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artÃculos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la SecretarÃa de Salud, de conformidad con lo establecido en el artÃculo 2, apartado C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la SecretarÃa de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artÃculos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio EspecÃfico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento.

    I.4. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la SecretarÃa de Salud, a las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la SubsecretarÃa de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las polÃticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y promoción de la salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; establecer los procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS".

    I.5. Cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la SubsecretarÃa de Prevención y Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    I.6. Para los efectos del presente Convenio EspecÃfico señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.

  5. "LA ENTIDAD" declara que:

    1. Que el Lic. Héctor Apreza Patrón, en su carácter de Secretario de Finanzas y Administración, asiste a la suscripción del presente Convenio EspecÃfico, de conformidad con los artÃculos 18 Apartado A fracción III y 22 fracciones XIX y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 08; acreditando su cargo con copia del nombramiento expedido a su favor con fecha 27 del mes de octubre del año 2015, por el Lic. Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado, el cual se adjunta al presente instrumento jurÃdico.

    2. Que el Dr. Carlos de la Peña Pintos, en su carácter de Secretario de Salud y Director General Operativo de los Servicios Estatales de Salud del Estado de Guerrero, asiste a la suscripción del Presente Convenio EspecÃfico, de conformidad con los artÃculos 18 Apartado A fracción IX y 28 fracciones I, III y VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 08, acreditando su cargo con copia del nombramiento expedido a su favor con fecha 27 del mes de octubre del año 2015, por el Lic. Héctor Antonio Astudillo Flores, Gobernador Constitucional del Estado, el cual se adjunta al presente instrumento jurÃdico.

    3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la polÃtica en materia de asistencia social, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros...

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