Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y el Estado de Sinaloa, con el fin de instrumentar el Programa de Apoyos a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Regionales para las Cosechas de Maíz

Fecha de disposición31 Marzo 2000
Fecha de publicación31 Marzo 2000
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y el Estado de Sinaloa, con el fin de instrumentar el Programa de Apoyos a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Regionales para las Cosechas de Maíz.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ROMARICO ARROYO MARROQUIN, LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA SAGAR , ASISTIDO POR MARIO BARREIRO PERERA, DIRECTOR EN JEFE DE APOYOS Y SERVICIOS A LA COMERCIALIZACION AGROPECUARIA, ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO DE LA SAGAR , AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA ASERCA , Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SINALOA, POR CONDUCTO DE JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR LOS SECRETARIOS GENERAL DE GOBIERNO, GONZALO M. ARMIENTA CALDERON Y DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, JESUS VEGA ACUÑA, EN LO SUCESIVO EL EJECUTIVO DEL ESTADO ; CON EL FIN DE INSTRUMENTAR EN DICHA ENTIDAD FEDERATIVA EL PROGRAMA DE APOYOS A LA COMERCIALIZACION Y DESARROLLO DE MERCADOS REGIONALES PARA LAS COSECHAS DE MAIZ, TRIGO Y ARROZ; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

De conformidad con el artículo 76 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, el Programa de Apoyos a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Regionales buscará primordialmente el fomento de los mercados regionales, la reconversión de cultivos, la promoción de la agricultura por contrato, las exportaciones y el desarrollo de las cadenas agroalimentarias para, a través de ello, mejorar el ingreso de los productores, adecuando los patrones de cultivo a las demandas de los mercados regionales.

En el precepto antes citado, también se establece que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural podrá apoyar la comercialización de diversos volúmenes de trigo, sorgo, maíz y arroz, para lo cual convendrá con los Gobiernos de las Entidades Federativas, escuchando previamente la opinión de los Consejos Estatales Agropecuarios, en los primeros treinta días del año, los productos materia de apoyo, el uso de los recursos para los fines señalados y, en su caso, los montos máximos y la distribución del total de toneladas a apoyar en cada entidad federativa entre los cuatro cultivos señalados.

Derivado del Programa de Apoyos a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Regionales, la SAGAR por conducto de ASERCA instrumentará diversos subprogramas tendientes a promover el desarrollo de mercados regionales procurando que tengan un carácter redistributivo, a favor de los productores de menores ingresos.

DECLARACIONES

  1. De la SAGAR :

    I.1.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una Dependencia del Ejecutivo Federal con las atribuciones que le confiere el artículo 35 del propio ordenamiento y las demás disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables.

    I.2.- Que Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria ( ASERCA ), es un Organo Administrativo Desconcentrado de la SAGAR , de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o., 34 y 35 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de abril de 1996 y que tiene entre las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 42 del Reglamento antes citado, la de elaborar, promover, y desarrollar sistemas y programas para fortalecer la comercialización de productos agropecuarios; instrumentar, ejecutar, supervisar y evaluar los sistemas y programas relativos a la comercialización agropecuaria; promover el diseño y desarrollo de programas de financiamiento y cobertura de precios para apoyar la comercialización de productos agropecuarios; fomentar la organización y capacitación de productores para la producción y comercialización de productos agropecuarios; y, participar como mediador en las negociaciones que se establezcan entre productores y compradores.

    I.3.- Que el Secretario del Despacho y el Director en Jefe de ASERCA poseen las atribuciones necesarias para suscribir el presente Convenio conforme a los artículos 6o. fracción XIX, 36 fracciones V, VII y XVII, y 45 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

    I.4.- Que señala como su domicilio para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en avenida de los Insurgentes Sur 476, decimotercer piso, colonia Roma, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

  2. Del EJECUTIVO DEL ESTADO :

    II.1.- Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 65 fracción XXXIII bis y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sinaloa; 1o., 2o., 3o. y 9o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1o., 2o., 3o. y 4o. de la Ley de Planeación, está facultado para celebrar el presente Convenio.

    II.2.- Que señala como su domicilio, para todos los efectos...

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