Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Jalisco, con el fin de proporcionar información en materia de inversión extranjera a dicha Secretaría en los términos del artículo 36 de la Ley de Inversión Extranjera

Fecha de disposición31 Mayo 2005
Fecha de publicación31 Mayo 2005
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Jalisco, con el fin de proporcionar información en materia de inversión extranjera a dicha Secretaría en los términos del artículo 36 de la Ley de Inversión Extranjera.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, REPRESENTADA POR EL LIC. FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, SECRETARIO DE ECONOMIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA SECRETARIA , Y POR LA OTRA, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, REPRESENTADO POR EL LIC. FRANCISCO JAVIER RAMIREZ ACUÑA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, EL LIC. HECTOR PEREZ PLAZOLA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Y EL LIC. JOSE RAMON ROBLEDO GOMEZ, SECRETARIO DE PROMOCION ECONOMICA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA , CON EL FIN DE PROPORCIONAR INFORMACION EN MATERIA DE INVERSION EXTRANJERA A LA SECRETARIA EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 36 DE LA LEY DE INVERSION EXTRANJERA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

DECLARACIONES

l.- De LA SECRETARIA

l.1.- Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, conforme a lo dispuesto en los artículos 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con las atribuciones que señala el artículo 34 del mismo ordenamiento;

l.2.- Que entre sus atribuciones se encuentra la de regular y ordenar la inversión extranjera;

l.3.- Que de conformidad con el artículo 18 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2002 es atribución de la Dirección General de Inversión Extranjera, Unidad Administrativa adscrita a la Subsecretaría de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría, operar el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras;

l.4.- Que el artículo 36 de la Ley de Inversión Extranjera establece que las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a proporcionar a la Secretaría, los informes y las certificaciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones ;

l.5.- Que el licenciado Fernando de Jesús Canales Clariond, Secretario de Economía, está facultado conforme al artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía para celebrar el presente Convenio;

l.6.- Que para los efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en Alfonso Reyes número 30, colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, Distrito Federal, Código Postal...

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