Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano que celebran el Ejecutivo Federal y el Estado de Zacatecas

Fecha de disposición03 Agosto 2005
Fecha de publicación03 Agosto 2005
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano que celebran el Ejecutivo Federal y el Estado de Zacatecas.

CONVENIO DE COORDINACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL, LICENCIADO VICENTE FOX QUESADA, CON LA PARTICIPACION DE LAS SECRETARIAS DE GOBERNACION; DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO; DE DESARROLLO SOCIAL, Y DE LA FUNCION PUBLICA, REPRESENTADAS EN ESTE ACTO POR SUS TITULARES LICENCIADOS SANTIAGO CREEL MIRANDA, JOSE FRANCISCO GIL DIAZ, JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA Y EDUARDO ROMERO RAMOS, RESPECTIVAMENTE Y, POR OTRA, LA CIUDADANA AMALIA D. GARCIA MEDINA, TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE ZACATECAS, CON LA CONCURRENCIA DE LAS SECRETARIAS GENERAL DE GOBIERNO, DE FINANZAS, DE PLANEACION Y DESARROLLO REGIONAL, Y LA CONTRALORIA INTERNA, REPRESENTADAS EN ESTE ACTO POR SUS TITULARES LICENCIADO TOMAS TORRES MERCADO; CONTADOR PUBLICO NICOLAS CASTAÑEDA TEJEDA; LICENCIADO LUIS GERARDO ROMO FONSECA Y LA MAESTRA EN CIENCIAS NORMA JULIETA DEL RIO VENEGAS, RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

ANTECEDENTES

  1. Que el Estado Mexicano, se estructura conforme al artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, unidos en una Federación;

  2. Que la planeación nacional del desarrollo es la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política y cultural, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y Ley establecen;

    Por ello, mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y evaluarán resultados;

  3. Que de acuerdo con lo previsto en la Ley de Planeación, en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y en las demás disposiciones aplicables, las dependencias de la Administración Pública Federal elaborarán y ejecutarán los programas sectoriales que les correspondan, así como las entidades, sus respectivos programas institucionales; en lo referente a los programas regionales y especiales las dependencias y entidades realizarán dichos programas atendiendo a lo establecido en la legislación aplicable;

  4. Que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social en ejercicio de sus atribuciones es la encargada de promover, coordinar y concertar acciones con los sectores social y privado para el cumplimiento y ejecución del Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superación de la Pobreza: Una Tarea Contigo, y del Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio 2001-2006 y el Programa Sectorial de Vivienda 2001-2006;

  5. Que la política de desarrollo social adoptada por el Gobierno Federal, como Política Social de Estado, se caracteriza por ser subsidiaria y corresponsable, incluyente para todos los mexicanos y mexicanas, y se propone lograr la coordinación entre y, dentro, de los tres órdenes de gobierno; así como la concertación con la sociedad civil organizada; la integración y articulación de acciones para evitar duplicidades entre programas, y su complementación y sinergia, con el objetivo de proveer beneficios sociales para elevar el nivel de calidad de vida de la población en situación de pobreza e impulsar el crecimiento y desarrollo, asimismo, mejorar la infraestructura y el equipamiento de las ciudades, de sus zonas urbano-marginadas y del ordenamiento del territorio;

  6. Que el presente Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano otorga continuidad a los programas de combate a la pobreza y desarrollo social, en un marco de federalismo, de respeto a la soberanía de los estados y de trabajo republicano que han desarrollado los anteriores Convenios de Desarrollo Social 2001 y 2002, y el respectivo de 2003, y representa la vinculación de la planeación nacional con la estatal de desarrollo en la consecución de las metas y objetivos que prevé el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006;

  7. Que el presente Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano, cuyas acciones para reducir la pobreza y propiciar desarrollo social, urbano, vivienda y ordenación territorial, se fundamentan en el pacto federal, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el respeto a la soberanía de los estados, y a través de él se ratifica la vigencia del federalismo;

  8. Que es necesario integrar y ampliar los programas de desarrollo de los diversos sectores de las administraciones públicas federal y estatal, con el objeto de que los beneficios alcancen a la totalidad de la población, cubriendo áreas de atención complementaria para elevar los niveles generales de calidad de vida, mediante la participación coordinada y congruente de la acción de sus dependencias y entidades.

    DECLARACIONES

    1. Declara la Secretaría de Gobernación, a través de su Titular:

      I.1 Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

      I.2 Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 fracción XIV de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal.

      I.3 Que cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el artículo 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

    2. Declara la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Titular:

      II.1 Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

      II.2 Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde a la Secretaría proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente; formular el programa de gasto público federal y llevar a cabo las tramitaciones y registros que requieran la vigilancia y evaluación del ejercicio del gasto público federal y del presupuesto de egresos, así como vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación nacional, así como de programación, presupuestación, contabilidad y evaluación.

      II.3 Que cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y por el artículo 4o. del Reglamento Interior de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR