Convenio Marco de Coordinación de Acciones que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán

Fecha de disposición18 Febrero 2013
Fecha de publicación18 Febrero 2013
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Marco de Coordinación de Acciones que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Yucatán. CONVENIO MARCO DE COORDINACION DE ACCIONES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA POR SU TITULAR LICENCIADO GERARDO RUIZ ESPARZA, ASISTIDO POR EL DOCTOR CARLOS FERNANDO ALMADA LOPEZ, EN SU CARACTER DE SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE, Y POR EL CONTADOR PUBLICO PABLO SUAREZ COELLO, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO Y MULTIMODAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO "LA SCT"; POR OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATAN, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, EL LICENCIADO ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, EL LICENCIADO ROBERTO ANTONIO RODRIGUEZ ASAF Y POR EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, EL INGENIERO DANIEL QUINTAL IC, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO "EL ESTADO DE YUCATAN"; Y A TODOS ELLOS SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES" CUANDO ACTUEN O SE NOMBREN CONJUNTAMENTE, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El licenciado Enrique Peña Nieto, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, al inicio de su gobierno informó desde Palacio Nacional, trece decisiones presidenciales, destacando entre ellas la octava, donde estableció que para cerrar la brecha entre las distintas regiones del país e impulsar el crecimiento económico y la competitividad, se va a dar un impulso decisivo a la infraestructura, incrementando la red ferroviaria del país, que contemplará obras para conectar e incorporar el sur de México a la economía global.

  2. Dentro de la novena decisión presidencial, el Presidente de la República instruyó al Secretario de Comunicaciones y Trasportes, impulsar el proyecto del "Tren Rápido Transpeninsular".

  3. De conformidad con el Compromiso 67 del Pacto por México, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, así como los representantes de los principales partidos políticos, acordaron la aplicación de una Estrategia Nacional para el Desarrollo del Sur-Sureste del país. Lo anterior con la finalidad de hacer frente al rezago de esta zona frente al resto del país en términos de crecimiento económico y humano. Esta estrategia incluye diversas acciones, como la ampliación y modernización de la red carretera y ferroviaria, mediante una coordinación del Ejecutivo Federal con los Ejecutivos Estatales del Sur-Sureste y el impulso a las reformas necesarias en el Congreso de la Unión.

  4. Conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera para que dichos gobiernos participen en la Planeación Nacional del Desarrollo, coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional y para que las acciones a realizarse por la Federación y las Entidades, se planeen de manera conjunta.

  5. Como se ha referido en el antecedente II y para dar la atención a la problemática antes planteada, se suscribe el presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones para la implementación del proyecto "Tren Rápido Transpeninsular", el cual tiene contemplado en una etapa preliminar una longitud aproximada 277 kilómetros y posibles ampliaciones, iniciando su trazo en la estación terminal Mérida, con estaciones en primera etapa en Izamal, Valladolid, y en segunda etapa Tixkokob, Cacalchén y Tunkás, continuando mediante vía de nueva construcción con una estación en Cobá y dos en Punta Venado, una en la autopista de Cancún-Tulum.

    DECLARACIONES

  6. DECLARA "LA SCT" QUE:

    I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los artículos 1o., 2o., 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y que tiene entre sus atribuciones las de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo con las necesidades del país.

    I.2. Su titular, el licenciado Gerardo Ruiz Esparza, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Marco de Coordinación de Acciones, en...

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