Convenio Específico en materia de transferencia de recursos para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las redes de servicios de salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla

Fecha de disposición11 Marzo 2013
Fecha de publicación11 Marzo 2013
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las redes de servicios de salud, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA EL DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LAS REDES DE SERVICIOS DE SALUD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMINGUEZ, SUBSECRETARIA DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. FRANCISCO JOSE BAÑUELOS TELLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL C.P. ROBERTO JUAN MOYA CLEMENTE EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, Y EL C. JORGE FOUAD AGUILAR CHEDRAUI, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, ASISTIDO POR EL C. IGNACIO FEDERICO VILLASEÑOR RUIZ, COORDINADOR DE SERVICIOS DE SALUD DE LA SECRETARIA DE SALUD Y COORDINADOR DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 20 de abril de 2011, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", los titulares de los Servicios de Salud del Estado de Puebla y de la Secretaría de Finanzas; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

  3. La presente administración se plantea cinco objetivos en la atención de los retos en salud que enfrenta el país y que se enmarcan dentro de las acciones que contempla el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el punto 3.2. Salud, en sus numerales siguientes: Objetivo 4. Mejorar las condiciones de salud de la población; Objetivo 5. Prestar servicios de salud con calidad y seguridad; Objetivo 6. Reducir las desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en grupos vulnerables y comunidades marginadas; Objetivo 7. Evitar el empobrecimiento de la población por motivos de salud, y el Objetivo 8. Garantizar que la salud contribuya al combate a la pobreza y al desarrollo del país.

    Que dentro de la estrategia 5.3 del Plan Nacional de Desarrollo se ha establecido en materia de infraestructura física en salud, que consolidará la red de servicios de atención a la salud e implementará un programa nacional de conservación y mantenimiento de la infraestructura en salud, así como el desarrollo de infraestructura para especialidades médicas.

  4. Que el Gobierno Federal ha establecido dentro de la Estrategia 10 del Programa Sectorial de Salud 2007-2012 "Apoyar la prestación de servicios de salud", mediante el desarrollo de la infraestructura y el equipamiento necesarios, buscando contribuir a lograr elevar el nivel de salud de la población, reducir las desigualdades en salud con servicios de calidad y seguridad, impulsar la dignificación y mantenimiento de la infraestructura y equipo de las unidades de salud.

  5. Que en fecha 1 de agosto de 2011 la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y la Secretaría de Salud a través de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector

    Salud, suscribieron el Convenio de Colaboración con el objeto de implementar las acciones necesarias para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las Redes de Servicios de Salud en los municipios con menor índice de desarrollo humano, con el cual apoyarán los proyectos de infraestructura en salud que darán servicio a la población de alta y muy alta marginación, preferentemente con población indígena.

    Por lo que derivado del Convenio de Colaboración la Secretaría de Salud recibirá de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas recursos al Ramo 12 con cargo a su presupuesto, para ser transferidos a las entidades federativas, a través de Convenios Específicos.

    Vl. Que por oficio número DGPOP- 08 03868 de fecha 8 de septiembre del año 2011, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, comunica el registro de la ampliación presupuestaria No. 3067, para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las redes de servicios de salud en el Estado de Puebla, con una asignación de $3,245,009.00 (tres millones doscientos cuarenta y cinco mil nueve pesos 00/100 M.N.), registrado con el folio número 2011-6-AYB-2210 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al Estado de Puebla.

    DECLARACIONES

  6. De "LA SECRETARIA":

    1. Que la Dra. Maki Esther Ortiz Domínguez, en su carácter de Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo emitido por el Secretario de Salud, mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de marzo de 2010, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 9 fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES), se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARIA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad; así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras; realizar el análisis, planeación y actualización del Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud; Diseñar e instrumentar sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para la infraestructura de atención a la salud, así como emitir y aplicar criterios e instrumentos para la construcción de infraestructura nueva y el reordenamiento de la ya existente, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, II, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    4. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en el número 7 (siete) de la calle de Lieja, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, en México, Distrito Federal.

  7. De "LA ENTIDAD":

    1. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o. de la Constitución Política del Estado de Libre y Soberano de Puebla es una Entidad jurídica y políticamente organizada que forma parte de la Federación.

    2. Que las secretarías de Finanzas y de Salud son parte integrante de la Administración Pública Centralizada del Estado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 17 fracciones II y X de la Ley Orgánica de la

      Administración Pública del Estado de Puebla.

    3. Que el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, es parte integrante de la Administración Pública Paraestatal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 50 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y 1o. del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla".

    4. Que el Secretario de Finanzas, interviene en la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 3, 10, 11, 14, 19 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 8 y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas; cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    5. Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado, interviene a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 3, 10, 11, 14, 19, 43 y 60 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla vigente, 17 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, 2, 4, 5, 8 y...

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