Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Colima, para la construcción y modernización de caminos rurales y alimentadores en dicha entidad federativa   

Fecha de disposición09 Noviembre 2007
Fecha de publicación09 Noviembre 2007
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Colima, para la construcción y modernización de caminos rurales y alimentadores en dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA SCT, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. LUIS TELLEZ KUENZLER, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, ING. OSCAR DE BUEN RICHKARDAY Y EL ENCARGADO DE LA DIRECCION GENERAL DEL CENTRO SCT COLIMA, ING. ROGELIO SAHAGUN ONTIVEROS, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADA POR EL LIC. JESUS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL LIC. JUAN JOSE SEVILLA SOLORZANO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; ING. HUGO ALEJANDRO VAZQUEZ MONTES, SECRETARIO DE FINANZAS; ING. EDUARDO GUTIERREZ NAVARRETE, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y EL C.P. LUIS MARIO LEON LOPEZ, SECRETARIO DE ADMINISTRACION, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo del convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) B de la SHCP mediante oficio número 312.A.-00006 de fecha 3 de enero de 2007 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que “LA SCT reasigne recursos a LA ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

DECLARACIONES

De LA SCT:

  1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  3. Que su titular, el Dr. Luis Téllez Kuenzler tiene las facultades suficientes y necesarias que le permitan suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

  4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en avenida Xola y avenida Universidad sin número, Cuerpo C, primer piso, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03028, México, D.F.

    II. De LA ENTIDAD FEDERATIVA:

  5. - Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 2o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

  6. - Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 58 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima y demás disposiciones locales aplicables.

  7. - Que de conformidad con los artículos 3o., 19, 20, 21, 23 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima, este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de Desarrollo Urbano y por el de Administración.

  8. - Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son construir, modernizar y conservar los caminos rurales y alimentadores que permitan a Colima contar con una mejor y mayor comunicación con otras regiones, acercando los productos a los principales centros de consumo de acuerdo con el Plan Estatal de Desarrollo para el Estado de Colima, así como el Plan Carretero derivado de éste.

  9. - Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio ubicado en Reforma e Hidalgo sin número, colonia Centro, código postal 28000, Colima, Col.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 2o. y 58 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 2o., 3o., 15, 19, 20, 21, 23 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a LA ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de construcción y modernización de caminos rurales y alimentadores reasignar a aquélla la...

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