Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Campeche

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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Campeche. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA MTRA. CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, CON LA INTERVENCIÓN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO, C.P. CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y FOMENTO TURÍSTICO, LIC. JUAN DE LA LUZ ENRÍQUEZ KANFACHI; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CAMPECHE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. LIC. FERNANDO EUTIMIO ORTEGA BERNÉS, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, C.P. TIRSO AGUSTÍN RODRÍGUEZ DE LA GALA GÓMEZ, LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL, LIC. MARÍA LUISA SAHAGÚN ARCILA, EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS, ARQ. JORGE LUIS GONZÁLEZ CURI, LA SECRETARIA DE TURISMO, C. LIC. VANIA MARÍA KELLEHER HERNÁNDEZ Y LA SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA, C. C.P. ALICIA DE FÁTIMA CRISANTY VILLARINO; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

  2. Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 28 de febrero de 2014, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2014 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".

  3. En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "S248 Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable", sería por un importe de $58'000,000.00 (Cincuenta y ocho millones de pesos 00/100 M.N. los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:

    No.
    Tipo de Proyecto
    Nombre del Proyecto
    Subsidio autorizado
    1
    Infraestructura y servicios
    Mejoramiento de la Imagen Urbana de la Cd. de San Francisco de Campeche, Patrimonio Cultural de la Humanidad:
    · Av. República, Barrio de Santa Ana
    · Centro Histórico
    · Iglesia Catedral
    · Plazoleta de San Francisco
    · Parque de Guadalupe
    · Barrio de San Román
    $21´000,000.00
    $10´259,708.00
    $3´265,950.21
    $1´000,000.00
    $1´934,149.06
    $1´290,192.50
    $3´250,000.23
    2
    Infraestructura y servicios
    Mejoramiento de la Imagen Urbana de Ciudad del Carmen (5a. Etapa)
    $10´000,000.00
    3
    Infraestructura y servicios
    Mejoramiento de la Imagen Urbana de Champotón (5a. Etapa)
    $10´000,000.00
    4
    Infraestructura y servicios
    Mejoramiento de la Imagen Urbana de Hopelchén
    $7´500,000.00
    5
    Infraestructura y servicios
    Mejoramiento Permanente de la Imagen Urbana de Palizada
    $1´000,000.00
    6
    Creación de sitios de interés
    turístico
    Rehabilitación de la Iluminación y construcción de la unidad de servicios de las Grutas de Xtacumbilxunaan
    $4´000,000.00
    7
    Otros tipos y formas de turismo
    Señalización Turística Estatal (2a. Etapa.)
    $4´500,000.00
    Importe total de los subsidios otorgados:
    $58´000,000.00

    Asimismo, las características, responsables, objetivos y metas establecidas para cada uno de los proyectos que se refieren en el cuadro que antecede, así como los calendarios de ejecución y ministración de cada uno de ellos, incluyendo las aportaciones de recursos a cargo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", se prevén en forma detallada en los Anexos del presente Convenio, identificados con los números 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, respectivamente, conforme a los cuales se vigilarán los avances y ejecución de dichos proyectos, así como la aplicación de los subsidios otorgados en relación con el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos respecto del proyecto de que se trate.

  4. En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de 116´000,000.00 (Ciento dieciséis millones de pesos 00/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $58´000,000.00 (Cincuenta y ocho millones de pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR".

  5. Que con fecha 30 de mayo de 2014, mediante oficio No. ST/DPPI/125/2014, emitido por la Lic. Vania María Kelleher Hernández, Secretaria de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" solicitó a la Mtra. Claudia Ruiz Massieu, Titular de "LA SECTUR", realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO.

  6. El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.

  7. La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.5 de las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Regional Turístico Sustentable.

  8. Con fecha 25 de junio de 2014, fue autorizada por el Comité Dictaminador del PRODERETUS la modificación de los proyectos, por medio de la cual en el Anexo 1 del Convenio se realicen los siguientes ajustes:

    · Adición de los proyectos denominados "Alumbrado Muralla y Puerta de Tierra", "Rehabilitación del Fuerte de Santa Rosa", "Iluminación del Baluarte de San Francisco" y "Rehabilitación del Corredor San Juan", los cuales corresponderán a los anexos 9, 10, 11 y 12 del CONVENIO y contarán con un subsidio autorizado el primero por $2'869,488.37 (Dos millones ochocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 37/100 M.N.), el segundo de $1'633,289.16 (Un millón seiscientos treinta y tres mil doscientos ochenta y nueve pesos 16/100 M.N.), el tercero de $3'668,396.24 (Tres millones seiscientos sesenta y ocho mil trescientos noventa y seis pesos 24/100 M.N.), y el cuarto de $1'828,826.23 (Un millón ochocientos veintiocho mil ochocientos veintiséis pesos 23/100 M.N.).

    DECLARACIONES

  9. De "LA SECTUR":

    I.1 Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.

  10. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    II.1 Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.

  11. Comunes de "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    III.1 Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y adicionan las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:

    III.3 "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes V y VIII del presente Convenio Modificatorio.

    III.4 "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente VIII del presente Convenio Modificatorio.

    III.5 La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación al Anexo 1, así como la inclusión de los proyectos contenidos en los Anexos 9, 10, 11 y 12, y con ello, la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.

    Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar el CONVENIO, las Cláusulas SEGUNDA, TERCERA y CUARTA; así como el Anexo 1, e incluir los Anexos 9, 10, 11 y 12; por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Las partes convienen en modificar del CONVENIO relacionado en el Antecedente II...

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