Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Sinaloa

Fecha de disposición25 Septiembre 2015
Fecha de publicación25 Septiembre 2015
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Sinaloa. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, LA MTRA. CLAUDIA RUIZ MASSIEU SALINAS, CON LA INTERVENCIÓN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO, C.P. CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y FOMENTO TURÍSTICO, LIC. JUAN DE LA LUZ ENRÍQUEZ KANFACHI; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SINALOA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, C.P. ARMANDO VILLARREAL IBARRA, EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS, ING. JOSÉ LUIS SEVILLA SUÁREZ PEREDO, EL SECRETARIO DE TURISMO, DR. FRANCISCO MANUEL CÓRDOVA CELAYA, Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, C.P. JUAN PABLO YAMUNI ROBLES, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

  2. Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 27 de febrero de 2015, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2015 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".

  3. En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "Programa para el Desarrollo Regional Turístico Sustentable" y el "Programa Especial Concurrente", sería por un importe de $30'350,000.00 (Treinta millones trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:

    No.
    Tipo de Proyecto
    Nombre del Proyecto
    Subsidio autorizado
    1
    Asistencia técnica y
    servicios relacionados a
    los proyectos
    Proyecto ejecutivo del Parque Central, Mazatlán.
    $3'000,000.00
    2
    Infraestructura y
    servicios
    2ª Etapa de Mejoramiento de imagen urbana Zona Dorada, Mazatlán.
    $7'500,000.00
    3
    Infraestructura y
    servicios
    Mejoramiento de imagen urbana Centro Histórico, Zona Plazuela Machado, Mazatlán.
    $5'000,000.00
    4
    Infraestructura y
    servicios
    Mejoramiento del entorno urbano con el adoquinado de sus calles en la Bahía de Altata, Navolato.
    $14'850,000.00
    Importe total del subsidio otorgado
    $30'350,000.00

    Asimismo, las características, responsables, objetivos y metas establecidas para cada uno de los

    proyectos que se refieren en el cuadro que antecede, así como los calendarios de ejecución y ministración de cada uno de ellos, incluyendo las aportaciones de recursos a cargo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", se prevén en forma detallada en los Anexos del presente Convenio, identificados con los números 2, 3, 4 y 5, respectivamente, conforme a los cuales se vigilarán los avances y ejecución de dichos proyectos, así como la aplicación de los subsidios otorgados en relación con el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos respecto del proyecto de que se trate.

  4. En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de $50'850,000.00 (Cincuenta millones ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $20'500,000.00 (Veinte millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR".

  5. Que con fecha 1 de junio de 2015, mediante oficio No. DST/050/2015, emitido por el Dr. Francisco Manuel Córdova Celaya, Secretario de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" solicitó a "LA SECTUR", realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO.

  6. El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.

  7. La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.6 del Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Regional Turístico Sustentable para el ejercicio fiscal 2015.

  8. Con fecha 30 de junio de 2015, fue autorizada por el Comité Dictaminador del PRODERETUS la modificación de los proyectos, por medio de la cual en el Anexo 1 del Convenio se realicen los siguientes ajustes:

    · Adición del proyecto denominado "Rehabilitación del Centro Histórico calle Cristóbal Colón, Culiacán", el cual corresponderá al anexo 6 del Convenio y contará con un subsidio autorizado por $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.) y un monto estatal de $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.).

    DECLARACIONES

  9. De "LA SECTUR":

    I.1 Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.

  10. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    II.1 Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.

  11. Comunes de "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    III.1 Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y adicionan las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:

    III.3 "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes V y VIII del presente Convenio Modificatorio.

    III.4 "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente VIII del presente Convenio Modificatorio.

    III.5 La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación a los proyectos contenidos en el Anexo 1, así como la inclusión del Anexo 6, y con ello, la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.

    Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar el CONVENIO, las Cláusulas Segunda y Tercera; así como el Anexo 1, e incluir el Anexo 6; por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA. Las partes convienen en modificar el CONVENIO relacionado en el Antecedente II de este instrumento y la Cláusula Segunda; para que su texto íntegro quede de la siguiente manera:

    SEGUNDA.- MONTO DE LOS SUBSIDIOS AUTORIZADOS.- El Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" y con cargo al presupuesto de ésta, ha determinado otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", por concepto de subsidios y dentro del programa presupuestario "S248 Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable", un importe de $35'350,000.00 (Treinta y cinco millones trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:

    No.
    Tipo de Proyecto
    Nombre del Proyecto
    Subsidio autorizado
    1
    Asistencia técnica y
    servicios relacionados
    a los proyectos
    Proyecto ejecutivo del Parque Central, Mazatlán.
    $3'000,000.00
    2
    Infraestructura y
    servicios
    2a. Etapa de Mejoramiento de imagen urbana Zona Dorada, Mazatlán.
    $7'500,000.00
    3
    Infraestructura y
    servicios
    Mejoramiento de imagen urbana...

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