Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de Desarrollo Turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Guanajuato

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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de Desarrollo Turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Guanajuato. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURISTICO A PUEBLOS MAGICOS Y DESTINOS PRIORITARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL MTRO. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, CON LA INTERVENCION DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACION Y DESARROLLO TURISTICO, C.P. CARLOS MANUEL JOAQUIN GONZALEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE GESTION DE DESTINOS MTRO. JOSE ANGEL DIAZ REBOLLEDO; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIGUEL MARQUEZ MARQUEZ, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. ANTONIO SALVADOR GARCIA LOPEZ, EL ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DE FINANZAS, INVERSION Y ADMINISTRACION, C.P.C. GILBERTO ENRÍQUEZ SÁNCHEZ, LA SECRETARIA DE LA TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS, LIC. MA. ISABEL TINOCO TORRES, Y EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. FERNANDO OLIVERA ROCHA; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

  2. Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 13 de marzo de 2015, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2015 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".

  3. En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "U-002 Programa de Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios", sería por un importe de $20'000,000.00 (Veinte millones de pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados al proyecto que a continuación se señala; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:

    No.
    Tipo de
    Proyecto
    Localidad o
    Destino Turístico
    Prioritario
    Nombre del Proyecto
    Subsidio autorizado
    1
    Infraestructura
    y Servicios
    Dolores Hidalgo
    3a. Etapa creación del Andador en la Av. José Alfredo Jiménez, en Dolores Hidalgo, Gto.
    $5'000,000.00
    2
    Infraest...

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