Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio que, en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Sinaloa.

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CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio que, en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Sinaloa. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO QUE, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO REGIONAL TURÍSTICO SUSTENTABLE Y PUEBLOS MÁGICOS CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL LIC. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, ASISTIDO POR EL LIC. RUBÉN GERARDO CORONA GONZÁLEZ, SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO; DEL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE DESTINOS, MTRO. JOSÉ ÁNGEL DÍAZ REBOLLEDO; Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y FOMENTO TURÍSTICO, LIC. JOSÉ ERNESTO RUIZ DELGADO; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. QUIRINO ORDAZ COPPEL, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SINALOA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. GONZALO GÓMEZ FLORES, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LIC. CARLOS GERARDO ORTEGA CARRICARTE, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS, LIC. OSBALDO LÓPEZ ANGULO, EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. MARCO ANTONIO GARCÍA CASTRO, Y LA SECRETARIA DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, C.P. MARÍA GUADALUPE YAN RUBIO; A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.

  2. Conforme los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 26 de febrero de 2018, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico, en adelante el CONVENIO, con objeto que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2018 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA"".

  3. Que en la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos" y el "Programa Especial Concurrente", sería por un importe de $15'730,000.00 (Quince millones setecientos treinta mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados en las siguientes localidades, zonas o regiones de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    No.
    Municipio, región o zona en que se destinarán los recursos
    1
    Cosalá
    2
    Culiacán
    3
    Mazatlán
    4
    Rosario

    De igual forma, en la Cláusula TERCERA del CONVENIO, se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de $33'440,000.00 (Treinta y tres millones cuatrocientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $17'710,000.00 (Diecisiete millones setecientos diez mil pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR".

  4. El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO, dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que

    para cualquier modificación en monto, se deberán observar los procesos y requerimientos determinados en el numeral 4.1.6. de las Reglas de Operación del PRODERMAGICO.

  5. La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO, establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.6 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos para el ejercicio fiscal 2018".

  6. "LA ENTIDAD FEDERATIVA" sabedora que Mazatlán es un destino turístico, cuyo número de turistas se incrementa a una tasa media anual constante, requiere de productos turísticos innovadores que detonen una mayor derrama económica, como lo sería a través de la rehabilitación y remodelación del Acuario de Mazatlán ya existente, lo cual se consolidaría mediante el apoyo de recursos públicos (estatal y federal) y privados.

    Razón por la cual, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" tuvo un acercamiento con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), exponiendo la necesidad de desarrollar el Nuevo Acuario de Mazatlán, a través de una Asociación Público Privada (APP), para lo cual requería la aportación económica de la Federación.

    En consecuencia, la SHCP a través del Presupuesto de Egresos de la Federación canalizó a "LA SECTUR" recursos por la cantidad de $400,790,000.00 (Cuatrocientos millones setecientos noventa mil pesos 00/100 M.N.), para la construcción del Acuario de Mazatlán, a través del programa PRODERMAGICO.

    Por lo tanto, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" gestionó los permisos federales correspondientes en apego a lo establecido en la Ley de APP, a efecto de estar en posibilidades de solicitar a través del PRODERMAGICO el apoyo del subsidio en términos de sus Reglas de Operación.

  7. Con fecha 9 de mayo de 2018, mediante oficio No. DST/233/2018, emitido por el Lic. Marco Antonio García Castro, Secretario de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" solicitó a "LA SECTUR", realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo de Ejecución y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO, a efecto de ingresar el proyecto estratégico denominado "Nuevo Acuario Mazatlán", lo anterior conforme al numeral 3.5.1. "Proyectos Estratégicos" de las Reglas de Operación del PRODERMAGICO.

  8. La construcción del "Nuevo Acuario Mazatlán", contará con distintas fuentes de financiamiento que se estima ascienden a la cantidad de $987,158,719.78 (Novecientos ochenta y siete millones ciento cincuenta y ocho mil setecientos diecinueve pesos 78/100 M.N.), con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

    En cuanto a la inversión pública, existirán tres fuentes de financiamiento, dos en numerario para financiar la inversión inicial y una en especie. La fuente en numerario se compondrá de: (i) Los recursos bajo el esquema de apoyo no recuperable aportados por el Fondo Nacional de Infraestructura ("FONADIN"), por un monto de $143,073,832.27 (Ciento cuarenta y tres millones setenta y tres mil ochocientos treinta y dos pesos 27/100 M.N.); (ii) Los fondos contemplados en el Presupuesto de Egresos de la Federación que serán aportados al Proyecto a través del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, para el ejercicio fiscal 2018 ("PRODERMAGICO"), como apoyos devengables no recuperables, sin necesidad de utilizarse en pari passu con otras fuentes de recursos, y sujetos de ser destinados, de manera enunciativa y no limitativa, en trabajos de obra o adquisición de equipamiento para el Proyecto Estratégico, y que asciende a un monto de hasta $400,790,000.00 (Cuatrocientos millones setecientos noventa mil pesos 00/100 M.N.) con IVA; y (iii) La fuente en especie a cargo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" que estará compuesta por el bien inmueble en donde se construirá el Proyecto del "Nuevo Acuario Mazatlán".

    Finalmente, el Desarrollador privado aportará como mínimo la cantidad de $443,294,887.51 (Cuatrocientos cuarentena y tres millones doscientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y siete pesos 51/100 M.N.), por concepto de remanente de la inversión inicial no cubierta con...

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