Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Bienestar y el Estado de Chiapas, para la operación del Programa Federal Sembrando Vida.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE BIENESTAR, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE PLANEACION, EVALUACION Y DESARROLLO REGIONAL, LIC. HUGO RAÚL PAULIN HERNÁNDEZ, ASISTIDO POR LA DIRECTORA GENERAL DE SEGUIMIENTO Y LOGISTICA PARA EL DESARROLLO RURAL, LIC. LIDIA RIVERA HERRERA, EL DIRECTOR GENERAL DE INSTRUMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE AGROFORESTERÍA M.C. JULIO CÉSAR GERÓNIMO CASTILLO; LA DIRECTORA DE ANALISIS NORMATIVO, LIC. KARLA GUADALUPE SEVILLA LIZARRAGA, Y EL COORDINADOR TERRITORIAL DEL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA, BIÓLOGO JULIO CESAR JESUS MONTIEL, TODOS ADSCRITOS A LA SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL; Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL SECRETARIO DE HACIENDA, EL DR. JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ; LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, LA MTRA. ZAYNIA ANDREA GIL VÁZQUEZ; LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE E HISTORIA NATURAL, LA ARQ. MARÍA DEL ROSARIO BONIFAZ ALFONZO Y LA SECRETARIA DE LA HONESTIDAD Y FUNCIÓN PUBLICA, LA MTRA. LILIANA ANGELL GONZÁLEZ; A QUIENES CUANDO ACTUEN EN FORMA CONJUNTA, SE LES DENOMINARA "LAS PARTES" CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. Conforme a la fracción I del artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 11 de mayo de 2020, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARIA" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" firmaron el Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos en adelante "EL CONVENIO", con objeto de "... transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de producción de plantas maderables, frutales y de Cultivo, con el objeto de llevar a cabo la operación del PROGRAMA FEDERAL SEMBRANDO VIDA para el ejercicio fiscal 2020, con el fin de atender a los sujetos AGRARIOS que se encuentren en mayor situación de pobreza en el estado de Chiapas; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARÍA", y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.".

  3. En términos de la Cláusula Décima Tercera, "EL CONVENIO" establece que, dicho instrumento podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y con apego a las disposiciones legales aplicables las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

    En caso de contingencias para la realización de la(s) función(es), programa(s) o proyecto(s) previsto(s) en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente".

  4. Que de acuerdo con lo establecido en los incisos B, G y M del apartado V. "Mecánica Operativa" del anexo I, "Expediente Técnico", corresponde lo siguiente:

    B. Para la ejecución de las actividades, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y "LA SECRETARÍA" mantendrán estrecho enlace y coordinación a través de reuniones de trabajo y supervisiones conjuntas a los viveros, en donde se tomarán acuerdos que aclaren, reafirmen y reorienten las actividades comprometidas para el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el programa.

    ...

    G. Asimismo, la Coordinación Territorial de la Secretaría de la circunscripción territorial en la que se encuentra cada vivero, maderable y frutal, será la responsable de participar en el seguimiento al cumplimiento de las metas estipuladas para cada uno de ellos, debiendo realizar evaluaciones constantes revisando el crecimiento de

    las plantas y proporcionar recomendaciones técnicas que aseguren su desarrollo. "LA SECRETARÍA", previa acuerdo con "LA ENTIDAD FEDERATIVA", podrá realizar visitas técnicas a cualquier vivero maderable y frutal cuando así se requiera.

    M. LA ENTIDAD FEDERATIVA" se compromete a entregar a "LA SECRETARÍA" un informe trimestral respecto de los avances y/o problemática que presenta la ejecución de las actividades de producción de plantas frutales y de cultivo, el cual deberá ser dirigido al C. Erandi Gómez Martínez, Director de Área adscrito a la Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional.

  5. Que mediante oficio No. 000485, de fecha 14 de diciembre de 2020, las Secretarías de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP), y Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural (SEMAHN), solicita una prórroga mediante la cual requiere la modificación del calendario de entrega de las plantas, derivada principalmente, por los fenómenos hidrometeorológicos que han afectado a la Entidad y de los efectos ocasionados por la pandemia mundial de SARS-CoV 2.

  6. "EL CONVENIO" tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, según lo dispuesto en su Cláusula Décima Quinta.

  7. Atendiendo al oficio que se menciona en el numeral V, que envía las Secretarías de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP), y Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural (SEMAHN), esta Secretaria, manifiesta su conformidad para suscribir el presente instrumento jurídico, en virtud de los fenómenos hidrometeorológicos que han afectado al estado de Chiapas, como lo fueron: Onda tropical No. 37, sistema frontal No. 4, huracán Delta, tormenta tropical Gamma sistema frontal No. 25, frente frío No. 6 y 7, el huracán Zeta, huracán Eta, frente frío No. 11, el huracán Iota y el frente frío No. 13, las tormentas tropicales Amanda, Cristóbal y el huracán Nana, lo que originó lluvias intensas y puntuales torrenciales con registros extraordinarios para la región de Chiapas de al menos 200 mm o superiores acumulados en 24 horas hasta por 7 días consecutivos en algunos casos; declaratorias de emergencia : Declaratoria de desastre natural por la presencia de lluvias severas el 5 y 6 de noviembre de 2020, en 8 municipios del Estado de Chiapas del 17 de noviembre de 2020, Declaratoria de Desastre Natural por la presencia de movimiento de ladera del 29 al 30 de octubre de 2020, en 10 municipios del Estado de Chiapas, del 11 de noviembre del 2020, Declaratoria de desastre natural por la presencia de lluvia severa, inundación pluvial e inundación fluvial del 1 al 3 de octubre de 2020 en 11 municipios de Estado del Chiapas, del 12 de octubre del 2020, Declaratoria de desastre natural por la ocurrencia de movimiento de ladera del 1 al 4 de octubre del 2020 en 19 municipios del Estado de Chiapas, del 12 de octubre del 2020, así como los efectos ocasionados por la pandemia SARS- CoV 2.

    DECLARACIONES

  8. De "LA SECRETARÍA"

    I.1 Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio Modificatorio a "EL CONVENIO" , conforme a lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; , 2°, fracción I, 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2 Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde, entre otras atribuciones, formular, conducir, evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo a la pobreza; coordinar la acciones que incidan en el bienestar de la población y el desarrollo humano, fomentando un mejor nivel de vida; coordinar, concretar y ejecutar programas especiales para la atención de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos de las áreas urbanas, para elevar el nivel de vida de la población, con la intervención de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y de los gobierno estatales y municipales y, con la participación de los sectores social y privado.

    I.3 Que su representante el Lic. Hugo Raúl Paulin Hernández, Subsecretario de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional, lo cual lo acredita con el nombramiento del cargo, emitido el 04 de septiembre de 2020, signado por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador, mismo que se encuentra vigente, tiene la facultad para suscribir el presente Convenio Modificatorio a "EL CONVENIO" , de conformidad con lo estipulado en los artículos 6 fracciones VI y XIX; 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Secretaría de Bienestar; y Octavo y Décimo Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la...

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