Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos para las acciones de reducción en el uso de sustancias adictivas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Zacatecas
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Salud |
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos para las acciones de reducción en el uso de sustancias adictivas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Zacatecas. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LAS ACCIONES DE REDUCCIÓN EN EL USO DE SUSTANCIAS ADICTIVAS, SUSCRITO EL 1 DE JUNIO DE 2015, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. MANUEL MONDRAGÓN Y KALB, COMISIONADO NACIONAL CONTRA LAS ADICCIONES, ASISTIDO POR EL MTRO. RAÚL MARTÍN DEL CAMPO SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DE LAS ADICCIONES, Y POR OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS, ING. FERNANDO E. SOTO ACOSTA Y EL DR. RAÚL ESTRADA DAY, SECRETARIO DE SALUD EN FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE ZACATECAS, QUIENES AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
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Con fecha 1 de junio de 2015, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA LAS ACCIONES DE REDUCCIÓN EN EL USO DE SUSTANCIAS ADICTIVAS, con el objeto de transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" realizar acciones en materia de prevención y tratamiento de las adicciones para apoyar las actividades del Programa de Acción Específico Prevención y Atención Integral de las Adicciones 2013-2018, documento que en adelante se denominará "CONVENIO PRINCIPAL".
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En la cláusula DÉCIMA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO, del "CONVENIO PRINCIPAL", las partes acordaron lo que a la letra dice "...que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de "LA ENTIDAD".
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Las partes han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo del programa antes citado, modificar las cláusulas Primera, Segunda, así como los Anexos 2, 3, 4 y 5, del "CONVENIO PRINCIPAL", con la finalidad de precisar los términos para el cumplimiento de algunas obligaciones y ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales a transferirse a "LA ENTIDAD".
DECLARACIONES
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"LA SECRETARÍA", por medio de su representante, declara:
I.1 Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".
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"LA ENTIDAD", por medio de su representante, declara:
II.1 Que se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".
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Las partes declaran conjuntamente:
III.1 Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen a la celebración del presente instrumento.
III.2 Que están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones...
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