Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que suscriben la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco

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CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que suscriben la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA UNIDADES MÉDICAS MÓVILES, NÚMERO DGPLADES-UMM-CECTR-JAL-01/15, SUSCRITO POR PARTE DEL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO EL DÍA 25 DEL MES DE FEBRERO DE 2015, Y POR PARTE DEL EJECUTIVO FEDERAL, EL DÍA 27 DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2015, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. EDUARDO GONZÁLEZ PIER, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL DR. ALBERTO JONGUITUD FALCÓN, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL DR. JAIME AGUSTÍN GONZÁLEZ ÁLVAREZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL MTRO. HÉCTOR RAFAEL PÉREZ PARTIDA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, Y QUE CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que el Programa Unidades Médicas Móviles, forma parte del objetivo "Asegurar el acceso a los servicios de salud" planteado en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ampliar la oferta de servicios de salud a la población que habita en localidades de menor índice de desarrollo humano, alta y muy alta marginación, con dispersión poblacional y geográfica, sin acceso o dificultades para obtener atención médica, mediante equipos itinerantes de salud y unidades médicas móviles que ofrecen servicios de prevención y promoción del cuidado de la salud, basado en criterios de calidad, anticipación, integralidad, inclusión y resolutividad.

  2. Con fecha 15 de abril del 2013, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud.

  3. Que en fechas 25 y 27 de febrero de 2015, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" respectivamente, suscribieron el Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, número DGPLADES-UMM-CECTR-JAL-01/15, por un monto de $7´772,512.32 (SIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DOCE PESOS 32/100 M.N.), en lo sucesivo "EL CONVENIO", con el objeto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, que permita a "LA ENTIDAD" realizar gastos de que se deriven de la operación de 15 (quince) unidades médicas móviles y el

    aseguramiento de 52 (cincuenta y dos) unidades médicas móviles del Programa Unidades Médicas Móviles en el Estado de Jalisco, de conformidad con "EL CONVENIO" y sus Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos, los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA", y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

  4. Que en la Cláusula CUARTA de "EL CONVENIO" se dispuso que: Los recursos presupuestarios federales que transfiere "LA SECRETARÍA" a que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-agosto), y de manera específica para los gastos que se deriven de la operación de 15 (quince) unidades médicas móviles y el aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a 52 (cincuenta y dos) unidades médicas móviles del Programa Unidades Médicas Móviles por parte de por parte de los Servicios de Salud Jalisco.

  5. En la Cláusula OCTAVA correspondiente a la vigencia se estableció que "EL CONVENIO" comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARÍA" y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.

  6. Que en la Cláusula NOVENA de "EL CONVENIO", "LAS PARTES" acordaron que "EL CONVENIO" podría modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".

    En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.

  7. Que "LA SECRETARIA" de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 3 de diciembre de 2014, cuenta con la disponibilidad presupuestal para hacer frente a las obligaciones derivadas del presente instrumento jurídico.

    DECLARACIONES

    De "LAS PARTES":

  8. Que reconocen su personalidad jurídica con la que intervienen en el presente instrumento jurídico, y ratifican todas y cada una de las declaraciones de "EL CONVENIO".

  9. Que es su voluntad el suscribir el presente convenio modificatorio en los términos que se planean.

    Una vez expuesto lo anterior, "LAS PARTES" están de acuerdo en suscribir el presente instrumento jurídico al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- Se modifica en "EL CONVENIO" la Cláusula PRIMERA, para quedar como a continuación se describe:

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración y sus Anexos tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de quince (15) unidades médicas móviles y su aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a cincuenta y dos (52) unidades médicas móviles del Programa Unidades Médicas Móviles en el Estado de Jalisco, y coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, de conformidad con el presente instrumento jurídico y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA"; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos presupuestales que transfiere "LA SECRETARÍA", se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

    CONCEPTO
    IMPORTE
    "PROGRAMA UNIDADES MÉDICAS MÓVILES".
    $10,358,086.54 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y SEIS PESOS 54/100 M.N.)

    SEGUNDA.- Se modifica de "EL CONVENIO" el primer párrafo de la Cláusula SEGUNDA, para quedar como a continuación se describe:

    CLÁUSULA SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" con cargo a su presupuesto para el ejercicio fiscal 2015 transferirá a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $10,358,086.54 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y SEIS PESOS 54/100 M.N.), de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio Específico de Colaboración.

    TERCERA.- Se modifican los Anexos 1, 2, 3, 8, 9 y 12 de "EL CONVENIO" relativos al monto asignado vía subsidio, la distribución del recurso por capítulo de gasto, la asignación y distribución del recurso en el capítulo 1000 servicios personales, de conformidad con los documentos anexos al presente instrumento jurídico, para todos los efectos...

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