Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla.

Fecha de disposición09 Octubre 2017
Fecha de publicación09 Octubre 2017
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 2 DE ENERO DE 2017, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL DR. ARTURO GARCÍA CRUZ, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", POR CONDUCTO DE LA C. ARELY SÁNCHEZ NEGRETE, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, EL C. RAÚL SÁNCHEZ KOBASHI, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, EL C. JOSÉ MARIO MÁRQUEZ AMEZCUA, SUBSECRETARIO DE SERVICIOS DE SALUD DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y COORDINADOR DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA Y LA C. RAQUEL SAUCEDA AMADOR, SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN, DESARROLLO Y OPERACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y COORDINADORA DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN, DESARROLLO Y OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁN "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 2 de enero de 2017, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con "LA SECRETARÍA", en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de los 36 Programas de Acción Específicos a cargo de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS", que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de permitir a "LA ENTIDAD", su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud, documento que en adelante se denominará "CONVENIO PRINCIPAL".

  2. Que en la Cláusula DÉCIMA TERCERA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del "CONVENIO PRINCIPAL", las partes acordaron lo que a la letra dice: "... que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD"".

    "LAS PARTES" han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de "LOS PROGRAMAS", modificar el "CONVENIO PRINCIPAL", con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a "LA ENTIDAD" en términos de lo estipulado en el presente instrumento.

    DECLARACIONES

  3. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".

  4. "LA ENTIDAD" declara que:

    II.1. Se reproduce y ratifica la declaración 9 inserta en el "CONVENIO PRINCIPAL".

  5. "LAS PARTES" declaran que:

    III.1. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.

    III.2. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente instrumento, tiene por objeto modificar las Declaraciones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 del apartado II. "LA ENTIDAD", las cláusulas Primera, en lo que respecta a la Tabla de su párrafo tercero; Segunda, párrafos primero, segundo y sexto; Octava, fracciones II, VIII y XIV, y Décima Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y el Apéndice; adicionar una fracción IV a la Cláusula Novena, recorriendo la numeración de las subsecuentes, así como suprimir el párrafo séptimo de la Cláusula Quinta del "CONVENIO PRINCIPAL", para quedar como sigue:

    "II. "LA ENTIDAD" declara que:

    1. Que el Estado de Puebla es una Entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, según lo dispuesto en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o. y 2o. de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

    2. Que las Secretarías de Finanzas y Administración, y la de Salud son dependencias integrantes de la Administración Pública Centralizada del Estado, e intervienen en el presente instrumento en términos de lo dispuesto en los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 17 fracciones II y X, 35 y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que "Servicios de Salud del Estado de Puebla", es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado al Sector Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50, 51 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 9 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, y 1o. del Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla".

    4. Que de conformidad con los artículos 2o. y 5o. fracciones II y III del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla", tiene por objeto coadyuvar con la Secretaría del ramo en la prestación de los servicios de salud a la población abierta, y se encargará de su operación, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado de Puebla, por los planes y programas nacionales y estatales; asimismo, del ejercicio de las funciones de los recursos transferidos y que se transfieran de acuerdo con los convenios de coordinación celebrados entre el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado.

    5. Que el C. Raúl Sánchez Kobashi, Secretario de Finanzas y Administración, cuenta con facultades para intervenir en la suscripción del presente convenio específico, de conformidad con los artículos 3, 10, 11, párrafo segundo, 14 párrafo primero, 19 y 35 fracciones V y VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 4 fracción I y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, cargo que se acredita con la copia de su nombramiento, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, mismo que se adjunta al presente.

    6. La C. Arely Sánchez Negrete, Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, suscribe el presente convenio modificatorio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, 10, 11 párrafo segundo, 14 párrafo primero, 19, 43 y 60 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, 12 y 17 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, 8 fracción II y 15 fracción I del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla", 4 fracción I, 8, 10 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 4 fracción II, 9 y 11 fracción XXIII del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla" y de conformidad con el Acuerdo No. 06/2017/EXT-2 de la Junta de Gobierno de los Servicios de Salud del Estado de Puebla tomado en sesión del 3 de febrero de 2017, en el que se autoriza de manera general a la Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla para celebrar y otorgar toda clase de actos jurídicos y documentos inherentes al objeto del Organismo, cargo que se acredita con la copia de su nombramiento, emitido por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, mismo que se adjunta al presente.

    7. La C. Raquel Sauceda Amador, Subsecretaria de Planeación, Evaluación, Desarrollo y Operación de la Secretaría de Salud y Coordinadora de Planeación, Evaluación, Desarrollo y Operación de los Servicios de Salud del...

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