Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Oaxaca.

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CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, correspondiente al ejercicio fiscal 2017, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Oaxaca. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JULIO SALVADOR SÁNCHEZ Y TÉPOZ, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL ING. CARLOS JESÚS CALDERÓN BEYLÁN, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. JORGE GALLARDO CASAS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, Y EL LIC. CELESTINO MANUEL ALONSO ÁLVAREZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, A QUIENES SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 9 de junio de 2017, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Federales con el carácter de subsidios, con el objeto de transferir recursos federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9, 13, 18 párrafo segundo y 19, de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" en el ejercicio fiscal 2017, fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como de la Red Nacional de Laboratorios, referidos en sus Anexos 1, 2, 3 y 4 en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos presupuestales federales transferidos; el tiempo de ejecución de los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA"; Convenio Específico que se denominará en lo sucesivo "CONVENIO PRINCIPAL".

  2. En la Cláusula SEGUNDA del "CONVENIO PRINCIPAL" se comprometió un monto total de $5,908,025.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL VEINTICINCO PESOS 00/100 M.N.), de los cuales se aplicarán exclusivamente al ejercicio de las acciones contenidas en los programas institucionales y por los importes que se indican:

    PROGRAMA
    INSTITUCIONAL
    FUENTE DE FINANCIAMIENTO
    IMPORTE
    "Consolidar la Operación de las áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios"
    (Regulación y Fomento Sanitarios)
    Ramo 12
    $3,560,601.00
    (TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS UN PESOS 00/100 M.N.)
    "Consolidar la Red Nacional de Laboratorios de Salud Pública" (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
    Ramo 12
    $2,347,424.00
    (DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 00/100 M.N.)
    TOTAL
    $5,908,025.00
    (CINCO MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL VEINTICINCO PESOS 00/100 M.N.)
  3. En la Cláusula Décima Segunda, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO, del "CONVENIO PRINCIPAL", celebrado el nueve de junio de 2017, "LAS PARTES" acordaron lo que a la letra dice: "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".

    DECLARACIONES

  4. "LAS PARTES" DECLARAN CONJUNTAMENTE:

    1. Que se reproducen y ratifican las declaraciones de "LA SECRETARIA" y de "LA ENTIDAD", insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".

    2. Que están debidamente facultadas para suscribir el presente CONVENIO MODIFICATORIO al "CONVENIO PRINCIPAL", que se reconocen sus personalidades y facultades, y de conformidad con las declaraciones I y II del "CONVENIO PRINCIPAL", "LA SECRETARIA" y la "LA ENTIDAD", respectivamente, manifiestan su voluntad en celebrar el presente CONVENIO MODIFICATORIO, así como sujetarse a la forma y términos que se establecen al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA.- El presente CONVENIO MODIFICATORIO tiene por objeto transferir recursos federales adicionales a los estipulados en el "CONVENIO PRINCIPAL", y modificar por ende el importe destinado al Programa Institucional "Consolidar la Operación de las áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios" (Regulación y Fomento Sanitarios), el total de éstos que refiere la Cláusula Segunda, como de igual...

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