Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la implementación de acciones y proyectos con nuevas modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Oaxaca.

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CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la implementación de acciones y proyectos con nuevas modalidades del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Oaxaca. MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES Y PROYECTOS CON NUEVAS MODALIDADES DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA, NÚMERO DGPLADES-FAM-NVA.MOD.-CECTR-0AX-01/18, SUSCRITO EL 28 DE JUNIO DEL 2018, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. JOSÉ MELJEM MOCTEZUMA, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL DR. MALAQUÍAS LÓPEZ CERVANTES, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. JORGE GALLARDO CASAS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y EL MTRO. DONATO AUGUSTO CASAS ESCAMILLA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud y posteriormente como Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuva a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria en salud en aquellas localidades con menos de 2,500 habitantes y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.

  2. El Programa Fortalecimiento a la Atención Médica forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ser un programa que coadyuve a las entidades federativas en la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura física y con una población menor a 2,500 habitantes; así como con acciones de inversión para el fortalecimiento de las Redes Integradas de Servicios de Salud (RISS).

  3. A partir del año 2016 se fusionan los programas S200 "Unidades Médicas Móviles" y UDOG "Fortalecimiento de las Redes de Servicios de Salud" cuyo objetivo de este último es contribuir mediante la transferencia de recursos a las entidades federativas, destinados a la construcción o fortalecimiento de unidades de salud, a asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud con calidad mediante el fortalecimiento de las redes de servicios, de forma tal que la población esté en condiciones de acceder a unidades médicas (adecuadas) que respondan a sus necesidades.

    Convirtiéndose dicha fusión en el Programa Presupuestal S200 "Fortalecimiento a la atención médica".

  4. Con fecha 28 de febrero de 2013, "LA ENTIDAD", y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.

  5. De conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera, de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que las partes suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por el titular de la Secretaria de Salud y Director General

    de los Servicios de Salud de Oaxaca y el titular de la Secretaria de Finanzas de "LA ENTIDAD", y por "LA SECRETARIA", lo harán la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud; la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud; la Subsecretaría de Administración y Finanzas; la Comisión Nacional de Protección Social en Salud; la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios o la Comisión Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tienen adscritos, atendiendo al ámbito de competencia de cada uno de ellos.

  6. Con fecha 30 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2018, que en sus numerales 4.2. Incisos b) y g), 5.1. fracción Il, último párrafo, segunda parte, y 5.10.1.2 fracción XVII...

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