Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Morelos.

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CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Morelos. 01-CM-AFASPE-MOR/2020

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 01 DE FEBRERO DE 2020, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. HUGO LÓPEZ GATELL RAMÍREZ, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. RICARDO CORTÉS ALCALÁ, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. JOSÉ LUIS ALOMÍA ZEGARRA, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA DRA. LORENA RODRÍGUEZ BORES RAMÍREZ, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. KARLA BERDICHEVSKY FELDMAN, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. RUY LÓPEZ RIDAURA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. ALETHSE DE LA TORRE ROSAS, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y LA M.C.S.S. MIRIAM ESTHER VERAS GODOY, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL L.C. JOSÉ ALEJANDRO JESÚS VILLARREAL GASCA, SECRETARIO DE HACIENDA Y EL DR. MARCO ANTONIO CANTÚ CUEVAS, SECRETARIO DE SALUD Y EL DR. HÉCTOR BARÓN OLIVARES, DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS DE SALUD DE MORELOS, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 01 de febrero de 2020, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", celebraron el CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con "LA SECRETARÍA", en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de los 22 Programas de Acción Específicos a cargo de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS", que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de permitir a "LA ENTIDAD", su adecuada instrumentación así como fortalecer la integralidad de las acciones de prevención y promoción de la salud, documento que en adelante se denominará "CONVENIO PRINCIPAL".

  2. Que en la Cláusula DÉCIMA TERCERA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del "CONVENIO PRINCIPAL", las partes acordaron lo que a la letra dice: " ... que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".

    "LAS PARTES" han determinado, derivado del comportamiento del gasto observado por las unidades administrativas y órganos desconcentrados a cargo de "LOS PROGRAMAS", modificar el "CONVENIO PRINCIPAL", con la finalidad de ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados a "LA ENTIDAD" en términos de lo estipulado en el presente instrumento.

    DECLARACIONES

  3. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".

  4. "LA ENTIDAD" declara que:

    II.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones 8 y 9 insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL", y se modifican las declaraciones 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7 sin cambiar a los funcionarios que suscriben dicho instrumento.

  5. "LAS PARTES" declaran que:

    III.1. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento.

    III.2. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:

    CLÁUSULAS

    PRIMERA: OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las declaraciones 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Apartado II "LA ENTIDAD"; las cláusulas Primera, en lo que respecta a la Tabla de su párrafo tercero; Segunda, párrafos primero, segundo y sexto; Quinta, párrafo cuarto, Octava, fracciones, VIII, IX y XXV, Décima Segunda, los Anexos 1, 2, 4, 5 y el Apéndice, así como adicionar una fracción X a la Cláusula Octava recorriendo la numeración de las subsecuentes del "CONVENIO PRINCIPAL", para quedar como sigue:

  6. "LA ENTIDAD" declara que:

    1. La Secretaría de Hacienda es una Dependencia de la Administración Pública Estatal de Morelos que tiene como atribuciones recibir los recursos financieros que correspondan de conformidad con el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y los convenios de descentralización y reasignación, así como los demás conceptos que otorgue la Federación al Gobierno del Estado, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables de conformidad con los artículos 9 fracción III y 23 de la ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.

    2. El L.C. José Alejandro Jesús Villarreal Gasca, Secretario de Hacienda, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 3, 9 fracción III, 13 fracción VI y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; así como 11 y 12 fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda, cargo que acredita mediante nombramiento de fecha 01 de octubre de 2018, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo, el cual se agrega en copia simple como anexo para formar parte del mismo.

    3. La Secretaría de Salud, es una Dependencia de la Administración Pública Estatal de Morelos, que tiene como atribuciones la coordinación del Sistema Estatal de Salud y conducir la política y los programas estatales en materia de salud, en los términos de las leyes aplicables y atendiendo a los planes, programas y directrices de los Sistemas Nacional y Estatal de Salud, de conformidad en los artículos 9 fracción VII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.

    4. El Doctor Marco Antonio Cantú Cuevas, Secretario de Salud, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 1, 3, 4 fracción I, 9 fracción VIII, 13 fracción VI, 14 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos, cargo que acredita mediante nombramiento de fecha 01 de octubre de 2018, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, el cual se agrega en copia simple como anexo para formar parte del mismo.

    5. Servicios de Salud de Morelos es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Paraestatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado mediante Decreto de Creación número 824, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", número 3829 de fecha 27 de noviembre de 1996 y reformado mediante Decreto número 1234 publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", número 5167 de fecha 05 de marzo de 2014 y su modificación al artículo 9, mediante Decreto 2137 publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", número 5327 de fecha 09 de septiembre de 2015.

    6. Servicios de Salud de Morelos forma parte de la Administración Pública Paraestatal del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos, de conformidad en lo dispuesto en los artículos 1, 3 párrafos primero, tercero y quinto, 4 fracción II, 43 y 44, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.

    7. El Dr. Héctor Barón Olivares, Director General de Servicios de Salud de Morelos, cuenta con las

    facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 64 fracción I, 81, 82, fracción IX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 1, 5 fracción II, 9 fracciones I y XI, del Decreto Número 824 por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud de Morelos y 1, 3, 4, 6 fracción II, y 15 del Estatuto Orgánico del organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud de Morelos, cargo que acredita mediante nombramiento de fecha 01 de octubre de 2018, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo, el cual se agrega en copia simple como anexo para formar parte del mismo.

    8 a 9. ...

    "PRIMERA. OBJETO. -...

    ...

    ...

    NO.
    UNIDAD RESPONSABLE/
    PROGRAMA DE ACCIÓN
    CLAVE DEL
    PROGRAMA
    PRESUPUESTARIO
    MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
    (Pesos)
    RECURSOS
    PRESUPUESTARIOS
    FEDERALES
    INSUMOS
    FEDERALES
    TOTAL
    310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
    1
    Políticas de...

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