Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Colima   

Fecha de disposición24 Septiembre 2007
Fecha de publicación24 Septiembre 2007
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Colima.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA SECTUR, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, EL LIC. FRANCISCO MADRID FLORES, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, EL LIC. JUAN CARLOS ARNAU AVILA, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADO POR EL LIC. JESUS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HECTOR MICHEL CAMARENA, EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. SERGIO MARCELINO BRAVO SANDOVAL, EL SECRETARIO DE FINANZAS, ING. HUGO ALEJANDRO VAZQUEZ MONTES, EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIERREZ NAVARRETE, Y LA CONTRALORA GENERAL DE GOBIERNO, C.P. LAURA ELENA SALAZAR AVIÑA; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

II. Conforme a la fracción I del artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 30 de marzo de 2007, el Ejecutivo Federal, por conducto de la SECTUR y la ENTIDAD FEDERATIVA, firmaron el Convenio de Coordinación y Reasignación de Recursos (en adelante el CONVENIO), con objeto de Transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de desarrollo turístico; reasignar a aquélla la ejecución de proyectos federales; determinar las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA y de los municipios, para el ejercicio fiscal 2007; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. .

III. El CONVENIO quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial B de la SHCP, para que la SECTUR reasignara recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA, con cargo a su presupuesto autorizado.

IV. En las cláusulas primera y segunda del CONVENIO, se estableció que los recursos reasignados por el Ejecutivo Federal y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA, se aplicarían a los proyectos y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

PROYECTO IMPORTE
PROYECTOS DE DESARROLLO $31500,000.00
En ese sentido, el Ejecutivo Federal, reasignaría a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos...

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