Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Colima

Fecha de disposición07 Noviembre 2011
Fecha de publicación07 Noviembre 2011
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA "SECTUR", REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA MTRA. GLORIA R. GUEVARA MANZO, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FERNANDO OLIVERA ROCHA Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, EL LIC. PEDRO DELGADO BELTRAN, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL DR. JESUS OROZCO ALFARO; EL SECRETARIO DE FINANZAS, EL C.P. FRANCISCO MANUEL OSORIO CRUZ, EL SECRETARIO DE PLANEACION, EL LIC. ESTEBAN HERRERA UGARTE; EL SECRETARIO DE TURISMO; EL ARQ. JOSE FERNANDO MORAN RODRIGUEZ; EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, EL ING. FRANCISCO JAVIER AGUILAR ZARAGOZA, Y EL CONTRALOR GENERAL DE GOBIERNO, EL M.V.Z. LUIS GAITAN CABRERA; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83 segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. Conforme a la fracción I del artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con fecha 31 de marzo de 2011, el Ejecutivo Federal, por conducto de la SECTUR y la ENTIDAD FEDERATIVA firmaron el Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, en adelante el "CONVENIO", con objeto de "...transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de desarrollo turístico; reasignar a aquélla la ejecución de programas o proyectos federales; determinar las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA y de los municipios, para el ejercicio fiscal 2011; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. ...".

  3. El "CONVENIO" quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial "B" de la SHCP, para que la SECTUR reasignara recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

  4. En las Cláusulas Primera y Segunda del "CONVENIO", se estableció que los recursos reasignados por el Ejecutivo Federal y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA y de los municipios, se aplicarían a los programas y proyectos, hasta por el importe que a continuación se menciona:

    PROGRAMAS Y/O PROYECTOS IMPORTE
    PROGRAMAS Y /O PROYECTOS DE DESARROLLO $137'000,000.00

    En ese sentido, el Ejecutivo Federal, reasignaría a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios federales para desarrollo turístico, la cantidad de $68´500,000.00 (SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), con cargo al presupuesto de la SECTUR, de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 del "CONVENIO"; y la ENTIDAD FEDERATIVA destinaría de sus recursos presupuestarios para desarrollo turístico, la cantidad de $68´000,000.00 (SESENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), conforme a los plazos y calendario establecidos en el Anexo 3 del "CONVENIO", los cuales deberían destinarse a los programas y proyectos previstos en la Cláusula Primera.

    Asimismo, la ENTIDAD FEDERATIVA se obligó a realizar las gestiones necesarias para obtener recursos para desarrollo turístico que provendrían de los gobiernos municipales u otras instancias de los sectores social y privado asentadas en la ENTIDAD FEDERATIVA, para desarrollo turístico, por la cantidad de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), de acuerdo con el calendario del Anexo 4 del "CONVENIO", celebrando para este efecto, los convenios correspondientes.

  5. El primer párrafo de la Cláusula Décima Tercera del "CONVENIO" dispone que el mismo podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al "CONVENIO" deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de la ENTIDAD FEDERATIVA, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

  6. El "CONVENIO" tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011, según lo dispuesto en su Cláusula Décima Quinta, con excepción de lo previsto en la fracción XIV de la Cláusula Sexta.

    DECLARACIONES

  7. Declara la SECTUR que:

    I.1 Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en el "CONVENIO, se adiciona la Declaración I.4 y se recorre la numeración de las Declaraciones a partir de la I.4 del "CONVENIO", en los términos siguientes:

    I.4 Que el Subsecretario de Operación Turística, Lic. Fernando Olivera Rocha, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6 fracciones VI, VIII y X, y 7 fracciones I, IV y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

  8. Declara la ENTIDAD FEDERATIVA que:

    II.1. Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en el "CONVENIO".

  9. Declaran las partes que:

    III.1. Conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Tercera del "CONVENIO", la ENTIDAD FEDERATIVA solicitó por oficio 544/2011 de fecha 16 de mayo del año en curso, la modificación al Anexo 1 "Programas y/o Proyectos de...

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