Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Tabasco
Fecha de disposición | 26 Enero 2012 |
Fecha de publicación | 26 Enero 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE TURISMO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83 segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. Conforme a la fracción I del artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con fecha 31 de marzo de 2011, el Ejecutivo Federal, conducto de la SECTUR y el EJECUTIVO ESTATAL firmaron el Convenio de Coordinación en Materia de Reasignación de Recursos, en adelante el "CONVENIO", con objeto de "... transferir recursos presupuestarios federales al EJECUTIVO ESTATAL, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de desarrollo turístico; reasignar a aquél la ejecución de proyectos federales; determinar las aportaciones de EL EJECUTIVO ESTATAL, para el ejercicio fiscal 2011; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen EL EJECUTIVO ESTATAL y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. ...". III. El "CONVENIO" quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial "B" de la SHCP, para que la SECTUR reasignara recursos a EL EJECUTIVO ESTATAL con cargo a su presupuesto autorizado. IV...
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