Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guerrero

Fecha de disposición03 Septiembre 2012
Fecha de publicación03 Septiembre 2012
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO "DIF NACIONAL", REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR EL ARQ. RAUL IGNACIO FREGOSO HERNANDEZ Y POR EL DR. RAFAEL ESTRADA MICHEL, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCION A POBLACION VULNERABLE, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE GUERRERO, EN ADELANTE "DIF ESTATAL", A QUIENES CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARAN "LAS PARTES", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA MTRA. ROSALINDA AGUIRRE RIVERO, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4, párrafo quinto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.

    La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26 establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática y determinar los órganos responsables en el proceso de dicha planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los Gobiernos de las Entidades Federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución.

  2. Asimismo, la Ley de Planeación en sus artículos 28, 32, 33, 34, 35 y 36 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las Entidades Federativas mediante la suscripción de convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta.

  3. De igual forma, la Ley de Asistencia Social en su artículo 4, fracción XI, establece que son sujetos de la asistencia social las personas afectadas por desastres naturales.

  4. Con apego a los "Lineamientos para la Entrega de Apoyos Otorgados por el Sistema Nacional a las Entidades Federativas, para dar Atención a la Población en Condiciones de Emergencia", mismos que fueron aprobados el 30 de agosto de 2011 por el Comité de Mejora Regulatoria Interna de "DIF NACIONAL" (COMERI), "DIF ESTATAL" solicitó el apoyo de "DIF NACIONAL", debido a que se vio rebasado en su capacidad de atención por la presencia de temperaturas mínimas (Otoño-Invernal) generadas por el frente frío número 23.

  5. Tras realizarse la sesión electrónica del Consejo Nacional de Atención a Población en Condiciones de Emergencia (APCE), se decidió aprobar dicha petición y otorgar un apoyo por $700,000.00 (setecientos mil pesos 00/100 M.N.) de acuerdo a la suficiencia presupuestal otorgada por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "DIF NACIONAL", mediante oficio 232.000.00/0133/2012 de fecha 8 de febrero de 2012.

    DECLARACIONES

  6. "DIF NACIONAL" declara que:

    I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004, respectivamente, teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables.

    I.2 Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto por los artículos 37, inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y, 11, fracciones X, XII, XV y XXXII, de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006, y acredita su personalidad con el Testimonio de la Escritura Pública número 90,026, de fecha 16 de enero de 2007, otorgada ante la fe del Notario Público número 127 del Distrito Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda; asimismo, los CC. Oficial Mayor y Jefe de la Unidad de Atención a Población Vulnerable, cuentan con

    facultades para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 15, fracción XVII, 16, fracción IV y 19 fracciones XXVI y XXIX del Estatuto Orgánico anteriormente referido.

    I.3 El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), en su eje rector No. 1 ESTADO DE DERECHO Y SEGURIDAD, apartado 1.8 "Defensa de la Soberanía y de la Integridad del Territorio", establece lo siguiente:

    "Garantizar la integridad del territorio nacional es fundamental para el progreso de México. La conformación geológica del territorio y las condiciones climáticas de las distintas regiones, así como los fenómenos naturales como terremotos, tormentas, ciclones, inundaciones e incendios forestales representan un riesgo permanente a la seguridad de la población. Se trabajará para minimizar la vulnerabilidad de la población ante estos fenómenos".

    El PND establece en el objetivo 13 que: Se debe garantizar la Seguridad Nacional y preservar la integridad física y el patrimonio de los mexicanos por encima de cualquier otro interés.

    El PND establece en la estrategia 13.2 que: "En el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, se debe fortalecer la concurrencia de los Gobiernos Estatales y Municipales en la preparación, ejecución y conducción de los planes de auxilio correspondientes. En corresponsabilidad con los Gobiernos Locales, el Gobierno Federal seguirá dando prioridad a los programas del Sistema Nacional de Protección Civil, como el Plan DN-III y el Plan Marina, entre otros, para acudir con la mayor celeridad a los lugares azotados por las fuerzas de la naturaleza. Se trata de una esfera en la que se debe acabar con cualquier forma de burocratismo que obstaculice la ayuda a la que por ley tienen derecho los ciudadanos afectados por estos fenómenos".

    El PND 20017-2012 en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, objetivo 3 establece lo siguiente:

    "Lograr un patrón territorial nacional que frene la expansión desordenada de las ciudades, provea suelo apto para el desarrollo urbano y facilite el acceso a servicios y equipamientos en comunidades tanto urbanas como rurales."

    El PND en la estrategia 3.3...

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