Convenio de Coordinación para la operación del Registro Público de Comercio, que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Sonora

Fecha de disposición19 Abril 2002
Fecha de publicación19 Abril 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para la operación del Registro Público de Comercio, que celebran la Secretaría de Economía y el Estado de Sonora.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

CONVENIO DE COORDINACION PARA LA OPERACION DEL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. DR. LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA Y POR EL C. LIC. JUAN ANTONIO GARCIA VILLA, SUBSECRETARIO DE NORMATIVIDAD Y SERVICIOS A LA INDUSTRIA Y AL COMERCIO EXTERIOR, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA SECRETARIA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADO POR LOS CC. LIC. ARMANDO LOPEZ NOGALES, LIC. OSCAR LOPEZ VUCOVICH Y C.P. RENE MONTAÑO TERAN, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR, SECRETARIO DE GOBIERNO Y SECRETARIO DE FINANZAS, RESPECTIVAMENTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL GOBIERNO DEL ESTADO , SUJETANDO ESTE ACUERDO DE VOLUNTADES A LOS SIGUIENTES PUNTOS CONSIDERATIVOS, DECLARACIONES Y CLAUSULAS.

CONSIDERANDO

Que el artículo 116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la Federación y los Estados, en términos de ley, podrán convenir la prestación de servicios públicos;

Que en términos de lo dispuesto por los artículos 18 del Código de Comercio, 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y quinto transitorio del Decreto que reforma y adiciona a esta última, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre del año 2000, la operación del Registro Público de Comercio, está a cargo de la Secretaría de Economía y de las autoridades responsables del Registro Público de la Propiedad en los Estados y en el Distrito Federal, en los términos señalados por el mismo Código y de los convenios de coordinación que se suscriban conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Que EL GOBIERNO DEL ESTADO ha realizado diversos trabajos para la modernización del Registro Público de la Propiedad y el Comercio en la entidad, entre los que se encuentran su operación a través de un sistema informático y la captura de la mayor parte del acervo del Registro Público de Comercio, y

Que EL GOBIERNO DEL ESTADO a fin de actualizar y uniformar la prestación de este servicio, ha decidido conjuntar sus esfuerzos con LA SECRETARIA, para continuar con la modernización del Registro Público de Comercio, de acuerdo a lo señalado por el Código de Comercio y al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

  1. De LA SECRETARIA:

    1. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia del Ejecutivo Federal, con las atribuciones que le confiere el artículo 34 del propio ordenamiento legal.

    2. Que en cumplimiento a lo señalado en el artículo 18 del Código de Comercio y en ejercicio de las atribuciones que le otorgan las disposiciones jurídicas que regulan su actuación, es su interés coordinarse con las entidades federativas para el establecimiento y operación del Registro Público de Comercio.

    3. Que el Dr. Luis Ernesto Derbez Bautista, Secretario de Economía, y el Lic. Juan Antonio García Villa, Subsecretario de Normatividad y Servicios a la Industria y al Comercio Exterior, cuentan con las facultades necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 6 fracciones IX y XIII del Reglamento Interior vigente de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2000 y Acuerdos que lo modifican publicados en el mismo medio informativo los días 6 de marzo y 13...

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