Convenio Específico de Coordinación que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, que tiene por objeto coordinar acciones de apoyo entre ambos órdenes de gobierno a fin de establecer las bases para liberar el derecho de vía necesario para la construcción de las obras de infraestructura vial denominadas ...

Fecha de disposición30 Abril 2007
Fecha de publicación30 Abril 2007
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Específico de Coordinación que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de México, que tiene por objeto coordinar acciones de apoyo entre ambos órdenes de gobierno a fin de establecer las bases para liberar el derecho de vía necesario para la construcción de las obras de infraestructura vial denominadas Ampliación Toluca-Xonacatlán, Ampliación Texcoco-Calpulalpan, Chalco-Tlalmanalco y Atlacomulco-Palmillas, en dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVENIO ESPECIFICO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL ARQUITECTO PEDRO CERISOLA Y WEBER, ASISTIDO POR EL ARQUITECTO JORGE FERNANDEZ VARELA, SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y EL INGENIERO FELIPE DE JESUS RIVERA VALENZUELA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT DEL ESTADO DE MEXICO, Y POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, EL LICENCIADO ENRIQUE PEÑA NIETO, ASISTIDO POR EL DOCTOR VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL DOCTOR LUIS VIDEGARAY CASO, SECRETARIO DE FINANZAS, Y POR EL LICENCIADO GERARDO RUIZ ESPARZA, SECRETARIO DE COMUNICACIONES, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO LA SCT Y EL ESTADO, RESPECTIVAMENTE, Y QUE TIENE POR OBJETO COORDINAR ACCIONES DE APOYO ENTRE AMBOS ORDENES DE GOBIERNO PARA ESTABLECER LAS BASES PARA LIBERAR EL DERECHO DE VIA NECESARIO PARA LA CONSTRUCCION DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA VIAL DENOMINADAS AMPLIACION TOLUCA-XONACATLAN, AMPLIACION TEXCOCO-CALPULALPAN, CHALCO-TLALMANALCO Y ATLACOMULCO-PALMILLAS, TODAS EN EL ESTADO DE MEXICO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 plantea como política económica de la actual administración el crecimiento con calidad; el crecimiento sostenido y dinámico que permita crear empleos, abatir la pobreza y abrir espacios a los emprendedores; y el crecimiento que avance en igualdad de oportunidades entre regiones, empresas y hogares, para contar con recursos suficientes para combatir rezagos y financiar proyectos de desarrollo.

Asimismo, señala que una oferta competitiva de servicios de comunicaciones y transportes es un elemento imprescindible para apoyar la competitividad general de la economía de México, tomando en consideración que en el mundo moderno, los servicios ágiles de comunicaciones y un buen sistema de transporte que permita la integración de mercados y las cadenas de valor agregado, son determinantes de los costos de producción y distribución y se traducen en valiosas economías de escala, por lo que es fundamental asegurar la modernización y expansión de la infraestructura, así como la calidad en la prestación de los servicios de comunicaciones y transportes.

De igual forma, tomando en consideración la restricción presupuestaria que enfrenta el Gobierno, el Plan Nacional de Desarrollo propone la promoción con participación privada de la construcción de infraestructura carretera de alta capacidad para dar acceso a corredores industriales, centros turísticos y regiones donde se concentra la actividad económica, así como la implementación de un buen servicio de mantenimiento de la infraestructura.

II. La Ley de Planeación señala que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo, coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta.

III. En este sentido, el Ejecutivo Federal, a través de LA SCT, celebró Convenio General de Coordinación con el Gobierno del Estado de México el 5 de octubre de 2001, en el cual se establece en su cláusula segunda, que las partes formularán e instrumentarán los planes y programas de coordinación y, en el numeral 2 de la citada cláusula, se contempla el Programa Carretero Estatal, con el propósito de armonizar criterios e identificar las obras de infraestructura carretera que coadyuven al desarrollo del Estado, estableciendo prioridades en función de las necesidades y de los recursos federales y estatales disponibles, tanto de los que se deriven de la promoción conjunta como de los de la participación de otras fuentes de inversión.

IV. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social del Estado de México, tiene por objeto coordinar a los ejecutivos federal y estatal para vincular los programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y...

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