Convenio de Colaboración y Coordinación para la persecución e investigación de los delitos contra el patrimonio cultural de la nación, así como para su protección, recuperación y conservación, que celebran la Procuraduría General de la República y el Instituto Nacional de Antropología e Historia

EmisorProcuraduría General de la República

CONVENIO de Colaboración y Coordinación para la persecución e investigación de los delitos contra el patrimonio cultural de la nación, así como para su protección, recuperación y conservación, que celebran la Procuraduría General de la República y el Instituto Nacional de Antropología e Historia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República. CONVENIO DE COLABORACION Y COORDINACION PARA LA PERSECUCION E INVESTIGACION DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION, ASI COMO PARA SU PROTECCION, RECUPERACION Y CONSERVACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, EN LO SUCESIVO LA PGR, REPRESENTADA POR EL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, LICENCIADO DANIEL FRANCISCO CABEZA DE VACA HERNANDEZ; Y POR LA OTRA, EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA, EN LO SUCESIVO EL INAH, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, RESTAURADOR LUCIANO CEDILLO ALVAREZ, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: DECLARACIONES 1. DE LA PGR: 1.1 Es la Institución ubicada en el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, a la que le compete el despacho de los asuntos que al Ministerio Público de la Federación y al Procurador General de la República, les atribuyen los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los demás ordenamientos aplicables. 1.2 Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3 y 4 fracción I y 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, le compete vigilar la constitucionalidad y la legalidad en el ámbito de su competencia; promover la pronta, expedita y debida procuración de justicia, así como perseguir los delitos del orden federal, sin perjuicio de las atribuciones que legalmente correspondan a otras autoridades jurisdiccionales o administrativas. 1.3 Que para el cumplimiento de sus funciones cuenta, entre otras unidades administrativas, con la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales, encargada de investigar y perseguir los delitos relacionados con el patrimonio cultural, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 12, 27 y 29, fracción IV, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. 1.4 El Titular de la Institución cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6, fracción X de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. 1.5 Para los efectos del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en: Avenida Paseo...

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